¿Cuándo se cobra el paro en 2025? Fechas oficiales, bancos y cómo consultarlo

Derechos Laborales
domingo, 10 de agosto de 2025

¿Cuándo se cobra el paro en 2025? Calendario completo y bancos que adelantan el pago

Si estás recibiendo la prestación por desempleo o has solicitado el paro recientemente, es normal que te preguntes qué día exacto recibirás el ingreso cada mes. En este artículo te explicamos el calendario oficial del SEPE para 2025, qué pasa si el día 10 cae en domingo o festivo, qué bancos adelantan el dinero y cómo consultar tu fecha de cobro de forma sencilla.

Respuesta rápida: El paro se cobra entre el día 10 y el 15 de cada mes, siempre a mes vencido. Muchos bancos adelantan el pago a la primera semana del mes (día 7-8), aunque esto no está garantizado y depende de cada entidad.

Calendario oficial de pagos del paro 2025

El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) realiza el pago de la prestación por desempleo y los subsidios entre el día 10 y el día 15 de cada mes, siempre a mes vencido. Esto significa que:

  • En enero cobras lo correspondiente a diciembre
  • En febrero cobras lo de enero
  • En marzo cobras lo de febrero
  • Y así sucesivamente

Importante: Si el día 10 cae en fin de semana o festivo nacional, el abono se traslada automáticamente al siguiente día hábil.

Calendario mes a mes 2025

A continuación te dejamos el calendario completo de pagos oficiales del SEPE para todo 2025:

Mes 2025 Día oficial SEPE Observaciones Adelanto bancos
Enero 10 (viernes) Día laborable 7-8 enero
Febrero 10 (lunes) Día laborable 7 febrero
Marzo 10 (lunes) Día laborable 7 marzo
Abril 10 (jueves) Día laborable 7-8 abril
Mayo 12 (lunes) El 10 cae en sábado 7-8 mayo
Junio 10 (martes) Día laborable 6-9 junio
Julio 10 (jueves) Día laborable 7-8 julio
Agosto 11 (lunes) El 10 cae en domingo 7-8 agosto
Septiembre 10 (miércoles) Día laborable 8-9 septiembre
Octubre 10 (viernes) Día laborable 7-8 octubre
Noviembre 10 (lunes) Día laborable 7 noviembre
Diciembre 10 (miércoles) Día laborable 8-9 diciembre

Como puedes ver, en 2025 hay dos meses en los que el día 10 cae en fin de semana:

  • Mayo: El pago se traslada al lunes 12
  • Agosto: El pago se traslada al lunes 11

En el resto de meses, el pago oficial es el día 10 exacto.

¿Qué pasa si el día 10 cae en domingo o festivo?

Esta es una de las dudas más frecuentes entre las personas que cobran el paro. La regla es sencilla:

Si el día 10 del mes cae en sábado, domingo o festivo nacional, el pago del SEPE se traslada automáticamente al siguiente día laborable.

Ejemplos prácticos 2025:

Mayo 2025:

  • Día 10: Sábado
  • Pago oficial: Lunes 12 de mayo
  • Motivo: El sábado no es laborable

Agosto 2025:

  • Día 10: Domingo
  • Pago oficial: Lunes 11 de agosto
  • Motivo: El domingo no es laborable

Resto de meses:

  • El día 10 cae en día laborable
  • Pago oficial: Día 10 exacto

¿Y si el día 10 es festivo autonómico o local?

El SEPE solo tiene en cuenta los festivos nacionales. Si el día 10 es festivo en tu comunidad autónoma o en tu localidad, pero no es festivo nacional, el pago se realizará igualmente el día 10 a nivel del SEPE.

Sin embargo, tu banco puede retrasar el abono si tiene las oficinas cerradas por festivo autonómico. En ese caso, recibirías el dinero el siguiente día hábil para tu entidad bancaria.

¿Por qué algunos bancos adelantan el pago del paro?

Desde la pandemia de COVID-19, el SEPE y las entidades financieras llegaron a un acuerdo de colaboración para intentar adelantar los pagos de las prestaciones por desempleo a la primera semana del mes. El objetivo era ayudar a las personas desempleadas a gestionar mejor su economía familiar.

¿Cómo funciona el adelanto?

  1. El SEPE envía los ficheros con la información de pagos a los bancos con varios días de antelación
  2. Cada banco decide, de forma voluntaria, si adelanta el abono a sus clientes
  3. Los bancos que adelantan suelen hacerlo entre el día 7 y el día 9 del mes
  4. Este adelanto no está garantizado y puede variar cada mes

Importante: El adelanto es una decisión exclusiva de cada banco. No todos lo hacen, y los que lo hacen pueden cambiar de criterio según el mes o sus políticas internas.

¿Qué bancos adelantan el pago del paro en 2025?

Basándonos en el comportamiento de los últimos meses, estos son los bancos que suelen adelantar el pago (aunque puede variar):

Adelanto Fecha aproximada Bancos
Máximo adelanto Día 7-8 del mes Banco Santander, Openbank, Banco Mediolanum, BBVA, Bankinter, Unicaja, Kutxabank, Cajamar, N26, Caja Rural, Deutsche Bank, Cajasiete, Caja de Ingenieros, Cajasur, Evo Banco
Adelanto moderado Día 9-10 del mes CaixaBank, Imaginbank, Banco Sabadell, Ibercaja
Sin adelanto o mínimo Día 10-11 del mes ING, Abanca

⚠️ Advertencia importante: Esta información es orientativa y se basa en el comportamiento histórico de los bancos. El adelanto NO está garantizado y puede cambiar cada mes sin previo aviso. Siempre consulta con tu entidad bancaria para confirmar.

¿Puedo cambiar de banco para cobrar antes?

Sí, puedes cambiar la cuenta bancaria donde recibes el paro. Para hacerlo:

  1. Accede a la sede electrónica del SEPE con Cl@ve o certificado digital
  2. Ve a "Modificación de datos bancarios"
  3. Introduce el nuevo IBAN
  4. El cambio se hará efectivo en el siguiente pago (no en el mes en curso)

Ten en cuenta:

  • El cambio puede tardar 1-2 meses en aplicarse completamente
  • La cuenta debe estar a tu nombre (no puede ser de otra persona)
  • Algunos bancos que adelantan un mes, pueden no hacerlo al siguiente

Por tanto, cambiar de banco solo por el adelanto puede no merecer la pena si tu banco actual te ofrece buenas condiciones en otros aspectos.

Diferencia entre prestación por desempleo y subsidio: ¿se cobran igual?

Aunque ambos se gestionan a través del SEPE y se cobran en las mismas fechas (del 10 al 15 de cada mes), son prestaciones diferentes con requisitos distintos.

Prestación contributiva por desempleo (paro)

¿Qué es? Es la prestación que recibes si has trabajado y cotizado a la Seguridad Social durante un tiempo mínimo.

Requisitos:

  • Haber cotizado al menos 360 días (12 meses) en los últimos 6 años
  • Estar en situación legal de desempleo
  • Inscribirte como demandante de empleo

Duración: Depende del tiempo cotizado:

  • 360 días cotizados = 4 meses de prestación
  • 720 días cotizados = 8 meses
  • 1.080 días cotizados = 12 meses
  • Y así hasta un máximo de 24 meses (2 años) de prestación

Cuantía:

  • Primeros 6 meses: 70% de tu base reguladora
  • A partir del mes 7: 60% de tu base reguladora

Subsidio por desempleo

¿Qué es? Es una ayuda económica para personas que no tienen derecho a la prestación contributiva o la han agotado, y se encuentran en una situación económica de necesidad.

Tipos de subsidios:

  • Subsidio por agotamiento de la prestación contributiva
  • Subsidio para mayores de 52 años
  • Subsidio para mayores de 45 años
  • Subsidio por insuficiencia de cotización
  • Renta Activa de Inserción (RAI)

Cuantía:

  • Subsidio general: 80% del IPREM (unos 480€/mes en 2025)
  • Subsidio mayores 52 años: 80% del IPREM

Duración: Varía según el tipo de subsidio (desde 6 meses hasta la edad de jubilación en el caso de mayores de 52 años)

¿Cuándo se cobran?

Ambas prestaciones se pagan en las mismas fechas: del 10 al 15 de cada mes, con posible adelanto bancario.

No hay diferencia en el calendario de pagos entre cobrar la prestación contributiva o un subsidio. Ambos siguen el mismo calendario oficial del SEPE.

Cómo consultar tu fecha exacta de pago

No tienes que adivinar cuándo te va a llegar el dinero. Puedes consultar tu fecha exacta de pago y la cuantía de forma oficial a través del SEPE:

Opción 1: Sede electrónica del SEPE (recomendado)

1. Entra en la página web del SEPE

2. Accede a "Personas" → "Prestaciones"

3. Click en "Consulta de prestaciones"

4. Identifícate con una de estas opciones:

  • Cl@ve PIN
  • Certificado digital
  • DNI electrónico

5. Una vez dentro, verás:

  • Tu próxima fecha de pago
  • La cuantía exacta que vas a recibir
  • Los días que te quedan de prestación
  • Tu historial de pagos anteriores

Opción 2: Aplicación móvil SEPE

El SEPE tiene una app para iOS y Android llamada "SEPE Cita Previa". Aunque su nombre indica solo citas, también puedes:

  • Consultar tus prestaciones
  • Ver fechas de pago
  • Revisar tu situación

Opción 3: Teléfono

Puedes llamar al número de atención telefónica del SEPE:

  • Teléfono: 91 273 83 83 (opción 1 para prestaciones)
  • Horario: Lunes a viernes de 9:00 a 14:00h

Ten en cuenta que las esperas telefónicas suelen ser largas, especialmente a principios de mes.

Opción 4: Presencial

Puedes acudir a una oficina del SEPE, pero necesitas pedir cita previa obligatoriamente. Sin cita no te atenderán. Puedes pedirla en la web o por teléfono.

Casos prácticos: ¿Cuándo cobro según mi situación?

Caso 1: Tengo cuenta en BBVA, ¿cuándo cobro?

BBVA suele adelantar el pago 2-3 días antes del día 10 oficial. Si el pago del SEPE está previsto para el 10 de marzo, lo más probable es que recibas el ingreso entre el 7 y el 8 de marzo.

Importante: Este adelanto no está garantizado. Algunos meses BBVA puede adelantar y otros no, o hacerlo solo el día 9 en lugar del 7-8.

Caso 2: El día 10 cae en domingo y tengo Banco Santander

Santander suele adelantar los pagos a la primera semana del mes, independientemente de si el día 10 cae en festivo o no. Por tanto:

  • Pago oficial SEPE: Lunes 11 (trasladado por ser domingo el 10)
  • Pago probable Santander: Jueves 7 o viernes 8

Caso 3: Es mi primer pago de paro tras solicitar la prestación

El primer pago siempre tarda más que los siguientes. Desde que solicitas la prestación hasta que recibes el primer ingreso pueden pasar entre 30 y 45 días, dependiendo de:

  • Lo rápido que el SEPE apruebe tu solicitud
  • Si aportas toda la documentación correcta desde el principio
  • Si hay alguna incidencia o dato a revisar

Una vez recibido el primer pago, los siguientes ya serán regulares (del 10 al 15 de cada mes).

Caso 4: Cobro el subsidio para mayores de 52 años

El subsidio para mayores de 52 años sigue el mismo calendario que la prestación contributiva: se paga del 10 al 15 de cada mes, y tu banco puede adelantarlo si así lo decide.

No hay diferencia en las fechas de pago entre subsidios y prestación contributiva.

Caso 5: Empecé a trabajar a mitad de mes, ¿cobro algo de paro?

Si empiezas a trabajar a mitad de mes, el SEPE suspende tu prestación desde el día que empiezas a trabajar. Por tanto:

  • Si empezaste a trabajar el día 15: Cobrarás el prorrateo de los primeros 14 días
  • El pago llegará el mes siguiente (recordemos que siempre se paga a mes vencido)

Importante: Debes comunicar al SEPE que has empezado a trabajar en cuanto comiences, para evitar cobros indebidos que luego tendrás que devolver.

Caso 6: Renovó la demanda de empleo el día 11, ¿pierdo el pago?

Depende. El SEPE suele dar un margen de unos días, pero si renuevas tarde de forma repetida, pueden sancionarte o suspender temporalmente la prestación.

Recomendación: Renueva siempre antes del día 10 para asegurarte de que no hay problemas. La mayoría de comunidades permiten renovar online desde unos días antes del vencimiento.

Motivos por los que el pago puede retrasarse o ser inferior

Si no has recibido el paro en la fecha esperada, o la cantidad es menor de lo habitual, puede deberse a varios motivos:

1. Has agotado tu prestación o subsidio

Si has consumido todos los días de prestación a los que tenías derecho, el pago se interrumpe. Puedes consultarlo en la sede electrónica del SEPE en "días consumidos/días pendientes".

Solución: Si has agotado la prestación contributiva, puedes solicitar un subsidio si cumples los requisitos.

2. Sanción por no renovar la demanda de empleo (sellar el paro)

Si no renuevas tu demanda de empleo dentro del plazo establecido (normalmente cada 90 días), el SEPE puede suspender temporalmente tu prestación.

Solución: Renovar la demanda lo antes posible. La suspensión suele levantarse al mes siguiente si regularizas tu situación.

3. No has rechazado una oferta adecuada de empleo

Si te ofrecen un trabajo adecuado a tu perfil y lo rechazas sin justificación, el SEPE puede sancionarte con:

  • 1 mes de suspensión (primera vez)
  • 3 meses (segunda vez)
  • 6 meses (tercera vez)
  • Extinción de la prestación (cuarta vez)

4. Estás trabajando y no lo has comunicado

Si empiezas a trabajar (aunque sea a tiempo parcial o pocas horas) y no lo comunicas al SEPE, estás cometiendo una infracción grave. El SEPE lo detectará más tarde o más temprano (la Seguridad Social comparte datos), y tendrás que:

  • Devolver todo lo cobrado indebidamente
  • Enfrentarte a una posible sanción adicional
  • Perder el derecho a futuras prestaciones durante un tiempo

Solución: Comunica SIEMPRE que empiezas a trabajar, aunque sea por un día. Es tu obligación legal.

5. Compensación por cobros indebidos anteriores

Si en el pasado el SEPE te pagó de más por error (o por no haber comunicado algo a tiempo), pueden estar descontando ese importe de tus pagos mensuales actuales.

Verás el descuento reflejado en el detalle de tu prestación en la sede electrónica.

6. Retenciones por IRPF

Si tu prestación supera cierto umbral, el SEPE está obligado a aplicar retenciones de IRPF. Esto hace que la cantidad neta que recibes sea menor que la base.

Puedes ver el detalle exacto de retenciones en tu hoja de liquidación mensual (disponible en la sede electrónica).

7. Embargo judicial o pensión de alimentos

Si tienes una deuda con Hacienda, la Seguridad Social, o debes una pensión de alimentos, pueden embargar parte de tu prestación por desempleo.

El SEPE está obligado a cumplir las órdenes de embargo judiciales.

8. Fallo técnico del banco

A veces, aunque el SEPE ha enviado el pago correctamente, el banco puede tener un retraso técnico en reflejarlo en tu cuenta. Suele resolverse en 24-48 horas.

Solución: Espera un día y, si no aparece, contacta con tu banco y con el SEPE.

Consejos para evitar problemas con el cobro del paro

1. Mantén tus datos actualizados

Asegúrate de que el SEPE tiene tu información correcta:

  • Dirección actual
  • Teléfono de contacto
  • Cuenta bancaria activa y a tu nombre
  • Correo electrónico

Puedes modificar tus datos en la sede electrónica del SEPE en cualquier momento.

2. Renueva la demanda de empleo a tiempo

Cada 90 días (aproximadamente tres meses) debes renovar tu demanda de empleo, también conocida como "sellar el paro". El nombre del trámite varía según la comunidad autónoma:

  • En algunas se llama DARDE (Declaración de Actividad para la Renta y Demanda de Empleo)
  • En otras se llama DARDO (Declaración de Actividad de la Renta y Demanda de Ocupación)

Si no renuevas tu demanda, pierdes el derecho a seguir cobrando la prestación.

La renovación se puede hacer:

  • Por internet (en la web de tu servicio de empleo autonómico)
  • Por teléfono
  • Presencialmente con cita previa

Recomendación: Activa recordatorios en tu móvil para no olvidarte. Marca en el calendario cada 90 días.

3. Consulta tu expediente online regularmente

Entra al menos una vez al mes en la sede electrónica del SEPE para verificar:

  • Que tu próximo pago está confirmado
  • Los días de prestación que te quedan
  • Que no hay incidencias o requerimientos pendientes

De esta forma, si hay algún problema, lo detectarás a tiempo.

4. Comunica cualquier cambio inmediatamente

Debes informar al SEPE en un plazo máximo de 15 días si:

  • Empiezas a trabajar (aunque sea por horas o temporal)
  • Te trasladas a vivir al extranjero
  • Cambias de domicilio
  • Cambias de situación familiar (matrimonio, divorcio, hijos)
  • Empiezas a cobrar otra prestación

No comunicar estos cambios puede considerarse fraude y conllevar sanciones graves.

5. Si detectas un problema, actúa rápido

Si ves que no te han pagado, la cantidad es incorrecta, o hay cualquier incidencia:

  • Día 1-3: Espera por si es un retraso bancario temporal
  • Día 4-7: Contacta con tu banco para descartar problemas técnicos
  • Día 8+: Contacta con el SEPE (teléfono, sede electrónica, o presencial con cita)

Cuanto antes actúes, antes se resolverá el problema.

Preguntas frecuentes sobre cuándo se cobra el paro

¿En qué fecha exacta se cobra el paro cada mes?

El paro se cobra oficialmente entre el día 10 y el día 15 de cada mes, siempre a mes vencido (en febrero cobras enero, en marzo cobras febrero, etc.). Muchos bancos adelantan el pago al día 7-8 del mes, aunque esto no está garantizado.

¿Qué día se cobra el paro en 2025?

El calendario oficial del SEPE establece el pago entre el 10 y el 15 de cada mes. En 2025, hay dos meses donde el día 10 cae en fin de semana: mayo (el pago se traslada al lunes 12) y agosto (se traslada al lunes 11). Consulta el calendario completo en la tabla anterior.

¿Qué pasa si el día 10 cae en domingo o festivo?

Si el día 10 cae en sábado, domingo o festivo nacional, el pago del SEPE se traslada automáticamente al siguiente día laborable. Por ejemplo, si el 10 es domingo, cobrarás el lunes 11.

¿Qué bancos adelantan el pago del paro?

Los bancos que suelen adelantar el pago (aunque puede variar cada mes) son: BBVA, Banco Santander, Bankinter, Openbank, Unicaja, Kutxabank, Cajamar, N26, CaixaBank y varios más. Consulta la tabla completa en el artículo.

¿Puedo cambiar de banco para cobrar antes el paro?

Sí, puedes cambiar la cuenta bancaria donde recibes el paro a través de la sede electrónica del SEPE. Ten en cuenta que el cambio puede tardar 1-2 meses en hacerse efectivo, y que no todos los bancos adelantan todos los meses.

¿Por qué no me han pagado el paro este mes?

Los motivos más comunes son: haber agotado tu prestación, no haber renovado la demanda de empleo a tiempo, tener una sanción activa, haber empezado a trabajar sin comunicarlo al SEPE, o tener retenciones/embargos. Consulta tu expediente en la sede electrónica del SEPE para ver el motivo exacto.

¿Cuándo cobro si es mi primer pago de paro?

El primer pago tras solicitar la prestación por desempleo suele tardar entre 30 y 45 días. Una vez recibido el primer pago, los siguientes ya serán regulares (del 10 al 15 de cada mes).

¿El SEPE paga en festivos o fines de semana?

No. Si el día de pago cae en festivo o fin de semana, el SEPE traslada el abono al siguiente día laborable. Sin embargo, algunos bancos adelantan el pago a la semana anterior, por lo que puedes recibir el dinero incluso en festivo si tu banco realiza transferencias esos días.

¿Cuándo cobro si empecé a trabajar a mitad de mes?

Si empiezas a trabajar a mitad de mes, el SEPE suspende tu prestación desde ese día. Cobrarás el prorrateo de los días que estuviste en paro, y el pago llegará el mes siguiente (siempre se paga a mes vencido). Es imprescindible que comuniques al SEPE que has empezado a trabajar.

¿Se cobra igual el subsidio que la prestación contributiva?

Sí. Tanto la prestación contributiva por desempleo como los diferentes subsidios (mayores de 52 años, por insuficiencia de cotización, etc.) se pagan en las mismas fechas: del 10 al 15 de cada mes, con posible adelanto bancario.

¿Cuándo se cobra el subsidio para mayores de 52 años?

El subsidio para mayores de 52 años se cobra en las mismas fechas que la prestación contributiva: del 10 al 15 de cada mes. Tu banco puede adelantar el pago igual que con el paro normal.

¿Qué pasa si no renuevo la demanda de empleo a tiempo?

Si no renuevas tu demanda de empleo (sellas el paro) dentro del plazo de 90 días, el SEPE puede suspender temporalmente tu prestación. Para reactivarla, debes renovar la demanda lo antes posible. La suspensión suele levantarse al mes siguiente si regularizas tu situación.

¿Cómo puedo saber mi fecha exacta de pago?

La forma más fiable es consultar tu expediente en la sede electrónica del SEPE (www.sepe.es) con Cl@ve, certificado digital o DNI electrónico. Allí verás tu próxima fecha de pago y la cuantía exacta.

¿Me pueden quitar el paro si rechazo una oferta de trabajo?

Sí. Si rechazas una oferta de empleo adecuada a tu perfil sin causa justificada, el SEPE puede sancionarte suspendiendo tu prestación durante 1, 3 o 6 meses, según el número de rechazos. En casos extremos, pueden extinguir tu prestación.

¿Puedo cobrar el paro si trabajo a tiempo parcial?

Sí, es posible compatibilizar el paro con un trabajo a tiempo parcial. En ese caso, el SEPE te pagará una cantidad proporcional a las horas que no trabajas. Debes comunicar al SEPE que has empezado a trabajar a tiempo parcial para que ajusten tu prestación.

¿Dudas sobre tu prestación por desempleo?

Si tienes dudas específicas sobre tu caso, si no te han pagado este mes y no sabes por qué, o si necesitas ayuda para gestionar tu prestación por desempleo, podemos ayudarte.

En Alerta Trabajo ofrecemos asesoría laboral personalizada para resolver situaciones relacionadas con el SEPE:

  • Análisis de por qué no has cobrado
  • Revisión de sanciones o suspensiones
  • Ayuda con reclamaciones al SEPE
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En resumen

El paro se cobra en España entre el día 10 y el 15 de cada mes, siempre a mes vencido. Muchos bancos adelantan el pago a la primera semana del mes (día 7-8), aunque esto no está garantizado y depende de cada entidad.

Si el día 10 cae en fin de semana o festivo, el pago se traslada automáticamente al siguiente día laborable. En 2025, esto ocurre en mayo (se paga el 12) y agosto (se paga el 11).

Para evitar problemas con tu prestación:

  • Renueva la demanda de empleo cada 90 días
  • Mantén tus datos actualizados en el SEPE
  • Consulta tu expediente online regularmente
  • Comunica cualquier cambio (trabajo, domicilio) en un plazo máximo de 15 días

Puedes consultar tu fecha exacta de pago y la cuantía en la sede electrónica del SEPE en cualquier momento.

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