Horas extra pagadas tarde y por debajo del convenio: qué puedes reclamar

Cuando la empresa paga las horas extra con meses de retraso y a un precio inferior a lo que marca el convenio. Aquí tienes tus derechos y los pasos para exigirlos sin perder plazos.
Cuando las horas extra llegan tarde o por debajo del precio pactado, no es “normal”: la ley exige pago puntual y como mínimo al valor de la hora ordinaria, además de tope anual y registro de jornada. Si hay demoras, te corresponde un interés del 10% por mora. Puedes reclamar diferencias y retrasos por la vía de reclamación de cantidad (SMAC/Juzgado) y, si el incumplimiento es grave y continuado, pedir la extinción indemnizada del contrato. También puedes avisar a Inspección de Trabajo. Abajo, pasos claros y una tabla de apoyo.
Qué dice la ley
— El salario debe pagarse puntual y documentalmente; si hay retraso, interés del 10% sobre lo adeudado (art. 29 ET).
— Las horas extra han de pagarse al menos como la hora ordinaria o compensarse por descanso, con tope anual (80) salvo fuerza mayor (art. 35 ET).
— La empresa debe llevar registro diario de jornada accesible a plantilla e Inspección (art. 34.9 ET; Criterio ITSS 101/2019).
— Plazo para reclamar cantidades (diferencias/atrasos): 1 año desde cada pago incorrecto o impago (art. 59 ET).
— Si los retrasos son graves y continuados, puedes pedir la extinción indemnizada (art. 50 ET; doctrina TS).
— Las horas extra cotizan con un tipo adicional: 14% si son de fuerza mayor y 28,30% en el resto (reparto empresa/persona trabajadora), según Orden de cotización 2025 y Seguridad Social.
Cómo puedes actuar
— Pide por escrito el detalle de horas extra, nóminas y el registro de jornada (fechas, horas y si se compensa en dinero o descanso).
— Calcula diferencias: si el convenio marca 8,70 €/h y te pagan 8,50 €/h, la diferencia es 0,20 €/h. Con 50 h, son 10 €; suma 10% de interés (1 €) → 11 € a reclamar por ese periodo.
— Envía un requerimiento (correo con acuse/burofax) pidiendo regularización en 10–15 días y copia del registro de jornada.
— Presenta papeleta en el SMAC (conciliación previa) y, si no hay acuerdo, demanda de cantidad ante lo social (LRJS art. 63).
— Denuncia en Inspección de Trabajo: puedes comunicar anónimamente por el Buzón de Fraude o denunciar formalmente con identificación.
— Si el patrón de retrasos se repite y se agrava, valora la extinción indemnizada (art. 50 ET); hay doctrina reciente que la admite por demoras prolongadas.
Horas extra: indicios, norma y acción
Situación | Qué indica | Norma afectada | Movimiento recomendado |
---|---|---|---|
Meses cobrando tarde | Mora salarial continuada | ET art. 29; art. 50 | Requerir por escrito + reclamar intereses 10% + valorar extinción si persiste |
Pago a 8,50 €/h cuando el convenio fija 8,70 €/h | Diferencias salariales | ET art. 35; convenio | Reclamación de cantidad (1 año) + actualización con 10% de interés |
No hay registro diario de jornada | Riesgo de impago/abuso horas extra | ET art. 34.9; Criterio ITSS 101/2019 | Solicitar registro y denunciar a ITSS si no existe |
Más de 80 horas extra/año | Exceso legal | ET art. 35 (tope anual) | Reequilibrar con descanso/pago y ajustar turnos; avisar a ITSS ante abusos |
Impacto directo
Cada mes de retraso te genera derecho a interés del 10% sobre lo que te deben. Las diferencias de céntimos por hora suman: 0,20 €/h en 10 meses a 12 h/mes son 24 €, más intereses. Además, si no cotizan bien tus horas extra, perjudica vacaciones y futuras prestaciones.
FAQ
¿Pueden pagarme las horas extra por debajo de la hora ordinaria?
No; la ley exige como mínimo el valor de la hora ordinaria o descanso equivalente, según convenio.
¿Cuánto tiempo tengo para reclamar diferencias y atrasos?
Un año desde cada pago incorrecto o impago. No lo dejes correr.
¿Me corresponde interés por los retrasos?
Sí, 10% por mora salarial. Se suma a lo que te deben.
¿Cómo pruebo las horas extra?
Con el registro diario de jornada, cuadrantes, mails, fichajes, recibos y testigos. Si no hay registro, ITSS puede requerirlo.
¿Puedo denunciar sin identificarme?
Puedes comunicar anónimamente por el Buzón de Fraude (útil como pista), pero la denuncia formal exige identificación.
Conclusión
Horas extra pagadas tarde o por debajo del convenio se reclaman: pide el registro, calcula diferencias, exige intereses y usa SMAC/ITSS. Si el patrón de retrasos se cronifica, la ley te da la opción de salir con indemnización. Actúa dentro de plazo y por escrito: es tu mejor escudo.
Enlaces oficiales
— Estatuto de los Trabajadores (arts. 29, 34.9, 35, 50 y 59)
— Inspección de Trabajo — Criterio Técnico 101/2019 (Registro de jornada)
— Buzón de Fraude — Comunicación anónima a la ITSS · Denuncia formal ante la ITSS
— LRJS — Conciliación previa (art. 63)
— Orden de cotización 2025 — Tipos para horas extra