¡Las botas de la discordia desatan una batalla legal por acoso laboral!

Los hechos
El origen del conflicto
Un trabajador de Servilimpce en Ceuta, afiliado a CCOO, ha tenido que recurrir nuevamente a la Inspección de Trabajo debido a que la empresa se niega a proporcionarle calzado laboral adecuado para una dolencia en los pies que padece.
La respuesta empresarial
La empresa argumenta que las botas no son necesarias para su función de barrido en las calles, aunque el convenio no hace distinción por categorías.
Además, alega que las botas le fueron entregadas por error.
Antecedentes del caso
Primera denuncia
A finales de 2024, el trabajador presentó una primera denuncia ante la Inspección de Trabajo.
El empleado tiene un informe médico de la Mutua que acredita su dolencia.
La empresa reconoció inicialmente el error en la entrega del calzado inadecuado.
Intervención de la Inspección
La Inspección de Trabajo emitió un requerimiento indicando que los EPIs deben adaptarse a las patologías de los trabajadores.
Se debe retirar el calzado inadecuado.
Es necesario analizar con el médico de empresa la compatibilidad del calzado.
Nueva denuncia
Motivos actuales
El trabajador considera que esta situación constituye una forma de acoso y persecución laboral.
Discriminación por su afiliación sindical.
Incumplimiento del convenio colectivo que establece la obligación de proporcionar botas de agua en invierno sin distinción de categorías.
Implicaciones legales
La situación podría tener graves consecuencias para la empresa, ya que el acoso laboral puede conllevar sanciones administrativas de hasta 225.018 euros por infracciones muy graves.
Pérdida de ayudas y bonificaciones.
Indemnizaciones por daños al trabajador.
Posible extinción del contrato con derecho a paro e indemnización por despido improcedente.