Preaviso de despido: 6 horas semanales pagadas para buscar empleo

Lo que la ley sí dice (y lo que no)
Resumen: Si recibes carta de despido objetivo con 15 días de preaviso, tienes derecho, sin perder salario, a una licencia de 6 horas semanales para buscar trabajo. No es un permiso de “2 horas al día” por defecto; puedes planificar esas 6 horas por semanas y pactar su distribución.
Claves rápidas
- Tipo de despido: aplica en despido por causas objetivas (económicas, técnicas, organizativas o de producción; ineptitud sobrevenida; falta de adaptación).
- Preaviso: 15 días desde la entrega de la carta hasta la fecha de efectos.
- Permiso retribuido: 6 horas/semana durante ese preaviso para buscar empleo (entrevistas, procesos, orientación…). No es automáticamente “2 horas/día”.
- Si no te preavisan: el despido no se vuelve improcedente solo por eso, pero la empresa debe pagar los salarios de los días omitidos de preaviso; al terminar el contrato ya no hay permiso.
Qué preavisos existen (y cuándo nace el derecho a las 6 horas)
- Despido objetivo individual (art. 53 ET): 15 días de preaviso y licencia de 6 h/semana para buscar empleo.
- Despido colectivo: la notificación individual debe ajustarse al art. 53.1; si incluye preaviso, se aplica también el derecho de 6 h/semana en ese periodo.
- Despido disciplinario: sin preaviso → no nace este permiso (otra vía distinta).
Cómo usar las 6 horas semanales
- Planifica: Puedes distribuirlas en uno o varios días (p. ej., 3+3 h, 2+2+2 h…). La ley fija 6 h/semana, no un reparto diario cerrado.
- Comunícalo por escrito a RR. HH./jefatura con antelación razonable (48–72 h) y justifica la finalidad (entrevista, proceso, taller, SEPE…).
- Acredita: guarda mails de citación, pantallazos de convocatorias, justificantes de asistencia (si los hay).
- Si la empresa se niega: reafirma el derecho citando art. 53.2 ET y solicita respuesta escrita; en su caso, denuncia ante Inspección.
Errores típicos que te pueden confundir
- “Son 2 horas al día” → FALSO: la ley habla de 6 h a la semana. Algunas empresas o convenios pueden mejorar el reparto, pero el mínimo legal es semanal.
- “Sirve para cualquier despido” → FALSO: se ancla al preaviso del despido objetivo (y notificación individual en colectivos). En disciplinarios no hay preaviso ni permiso.
- “Si no me preavisan, gano el despido” → FALSO: no lo convierte en improcedente; deben abonarte los salarios del preaviso omitido.
Cómo pedirlo
- Asunto: Uso de licencia retribuida de 6 h/semana (art. 53.2 ET).
- Cuerpo: “En relación con la carta de despido objetivo notificada el [fecha], comunico que haré uso de la licencia retribuida de 6 horas semanales para búsqueda de empleo prevista en art. 53.2 ET durante el preaviso. Propongo el siguiente reparto: [p. ej., miércoles 9:00–12:00 y viernes 9:00–12:00]. Agradezco confirmación por escrito.”
- Adjunta (si tienes): citaciones, emails de entrevista, hojas de inscripción a procesos, etc.
Mini-FAQ
¿Puedo acumular las horas en un solo día?
La ley fija 6 h/semana y no impone reparto diario. Puedes proponer acumular (p. ej., 6 h un viernes) si organizativamente es viable. Lo razonable es pactar por escrito.
Si el preaviso es de menos de 15 días, ¿pierdo el permiso?
Si no hay preaviso (o es menor), la relación termina antes y no se disfruta el permiso; en su lugar, la empresa paga los salarios de los días omitidos.
¿Y si mi convenio dice otra cosa?
El convenio puede mejorar (más horas o reparto distinto), nunca empeorar el mínimo legal. Revisa la cláusula de despido objetivo. (Base legal: art. 3 ET + art. 53.2 ET).
¿Me pueden descontar complementos si uso estas horas?
No: es licencia retribuida. Usarla no te hace “conformarte con el despido” ni reduce tu derecho a impugnar.
Enlaces oficiales (BOE/Administración)
- Estatuto de los Trabajadores (PDF oficial) – art. 53: preaviso y 6 h/semana
- Estatuto de los Trabajadores (texto consolidado en BOE)
Conclusión
Cuando te preavisan de un despido objetivo, la ley te blinda 6 horas por semana (pagadas) para buscar empleo. Pídelas por escrito, organiza el reparto y guarda pruebas. Si te niegan el derecho o no te preavisan, reclama: puedes recuperar salarios del preaviso omitido y, si procede, impugnar el despido.