Un tercio de la contratación dura menos de un mes en 2025

lunes, 1 de septiembre de 2025

Desde enero hasta julio de 2025, los contratos de menos de un mes han crecido alrededor de un 2,6% y ya pasan de tres millones; además, dos de cada tres duran menos de siete días. Es decir: el mercado sigue tirando de contratos “relámpago” aunque cuesten más.

Por qué suben si “están penalizados”

Porque hay picos de actividad (verano, turismo, sustituciones), coberturas de última hora y prudencia a la hora de ampliar plantillas. Aun así, el flujo total de contratación muestra 9,03 millones de contratos en enero–julio, con 5,28 millones temporales (+2,9%). El corto plazo resiste porque responde a necesidades reales del negocio.

Qué dice la norma del recargo

Si haces un contrato inferior a 30 días, al cerrarlo pagas una cotización adicional de 32,60 € (importe fijo por contrato, lo abona la empresa). No se aplica a sustitución ni a formativos; y hay regímenes con tratamiento aparte. Esta cuantía rige desde el 1 de enero de 2025.

Entonces… compensa o no compensa? Un ejemplo rápido

Imagina que cubres ocho semanas con 8 contratos de 7 días: pagarías 8 × 32,60 € = 260,80 € solo en recargos. Si en su lugar haces 1 contrato de 56 días, ese recargo no existe. Cada empresa tiene sus números, pero trocear sin motivo puede salir más caro y levantar sospechas de fraude de temporalidad. (Cálculo propio de AlertaTrabajo).

Qué significa para ti hoy

Si trabajas por campañas, pregunta por la duración real prevista: agrupar semanas puede darte más estabilidad. Si gestionas personal, planifica con algo más de margen: evitas recargos en cascada y riesgos de inspección. El recargo no prohíbe la contratación corta, pero te invita a pensar mejor cada alta.

Resumen breve:

Los contratos <30 días suben (+2,6%) y superan 3 millones en 2025; dos de cada tres duran <7 días. La ley mantiene un recargo de 32,60 € por cada contrato ultracorto desde el 01/01/2025, con exclusiones (sustitución y formativos). Si encadenas varios de una semana, el coste se multiplica.

Mini-FAQ

¿Quién paga el recargo?
La empresa, al finalizar cada contrato <30 días (importe fijo de 32,60 € por contrato).

¿Se aplica a sustituciones o formativos?
No: quedan excluidos; además, los formativos tienen sus cuotas fijas propias.

¿Por qué en 2024 salía otra cifra?
Porque en 2024 eran 31,22 € y en 2025 sube a 32,60 € (se actualiza cada año).

Enlaces oficiales

Seguridad Social: página oficial del recargo (32,60 € en 2025)
Boletín RED 05/2025: detalle de la cuantía y aplicación
BOE: Orden PJC/178/2025 (cotización 2025)
MITES: Resumen de contratación (enero–julio 2025)

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