Conflictos Laborales

La despidieron por limpiar mal: el juez lo tumba y la indemnizan con 25.695 €

4 min lectura
Redacción

Una cadena hotelera de Santiago despidió disciplinariamente a una limpiadora con 22 años de servicio. La Justicia declara el despido improcedente por carta “abstracta” y falta de pruebas, con opción de readmisión o indemnización.

Una trabajadora de limpieza con más de dos décadas en una cadena hotelera de Santiago de Compostela fue despedida por “indisciplina” y “limpiezas superficiales”. El Juzgado de lo Social nº 2 de Santiago concluyó que la carta era imprecisa y que la empresa no acreditó los incumplimientos, por lo que declaró el despido improcedente: readmisión con salarios de tramitación o 25.695,36 € de indemnización. Según la prensa, la resolución ha sido confirmada después por el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG).

Qué ha pasado

— Despido disciplinario en abril de 2024 a una auxiliar de limpieza con contrato indefinido discontinuo (tiempo parcial) y salario de 1.085 € mensuales.

— Motivos alegados: “indisciplina” y tareas “superficiales”; necesidad de “retrabajos”.

— El juzgado aprecia carta genérica y prueba insuficiente: el despido se declara improcedente.

— Opción para la empresa: readmitir con salarios (35,69 €/día) o pagar 25.695,36 €.

Por qué tumba el juzgado el despido

— La carta no concreta hechos, fechas, lugares ni pruebas: vulnera el estándar mínimo de precisión exigido.

— La empresa no acreditó con evidencias objetivas el bajo rendimiento ni la indisciplina.

— En despido disciplinario, la carga probatoria recae en la empresa y la sanción debe ser proporcional.

Hecho probado Prueba / documento Relevancia legal / efecto
Carta de despido genérica (sin fechas, lugares ni conductas concretas). Carta aportada por la empresa: descripción abstracta de “limpieza superficial”. Incumple el estándar de precisión exigido; el despido deviene **improcedente**.
No se acreditan incumplimientos objetivos (ni indisciplina ni bajo rendimiento). Sin partes de trabajo, controles de calidad, testigos fiables ni comparativas. La carga de la prueba es empresarial; sin evidencias suficientes, **improcedente**.
Antigüedad y salario acreditados. Vida laboral y nóminas incorporadas al procedimiento. Consecuencia económica: **readmisión** con salarios o **indemnización** (25.695,36 €).
Confirmación en suplicación (TSXG). Fallo del TSXG que mantiene la improcedencia; costas a la parte empresarial. Se consolida el resultado y se refuerza el criterio de precisión y prueba.

Qué nos recuerda este caso

— En un disciplinario, la carta debe detallar qué pasó, cuándo y cómo; sin precisión ni pruebas, el riesgo de improcedencia es alto.

— Si recibes una carta vaga, firma “no conforme”, pide copia y guarda cuadrantes, partes y testigos.

— Si la sentencia declara improcedente, podrás elegir readmisión o indemnización (según lo que opte la empresa).

Impacto directo en la persona trabajadora

Cuando no hay hechos concretos ni pruebas sólidas, los tribunales protegen tu puesto o tu indemnización. Este fallo lanza un mensaje claro: no vale el “no me gusta cómo trabajas”; hay que demostrarlo y por escrito.

FAQ

¿Pueden despedirme solo por “hacer mal el trabajo”?

Solo si lo prueban con hechos objetivos y la carta es muy concreta. Si no, acabaría en improcedente.

¿Qué miro en la carta de despido disciplinario?

Hechos fechados, testigos/documentos, normas internas vulneradas y tipificación (art. 54 ET). Si falta precisión, es defendible.

Si gano y me ofrecen readmisión, ¿pierdo la indemnización?

Sí, son opciones alternativas. Con readmisión, cobras salarios de tramitación; con indemnización, se extingue el contrato.

¿Puedo recurrir si no estoy de acuerdo con la sentencia?

Sí, existe recurso de suplicación ante el TSJ autonómico en los supuestos y plazos legales.

Conclusión

Este caso es un aviso a navegantes: sin hechos concretos ni pruebas, un disciplinario se cae. Las empresas deben documentar y justificar; las plantillas, guardar evidencias y responder por escrito.

Enlaces oficiales

Estatuto de los Trabajadores — Art. 54 (despido disciplinario)

Ley Reguladora de la Jurisdicción Social (procedimientos y recursos)

¿Te ha gustado esta noticia?

Etiquetas Relacionadas

Haz clic en una etiqueta para ver más contenido relacionado

¡Comparte esta Noticia!

Ayúdanos a difundir información útil

¿Tienes dudas sobre tu situación laboral?

Consulta tu caso con nuestros asesores. Respuesta en 24-48h.