Trabajo prepara un registro horario con pausas y extras

jueves, 16 de octubre de 2025

Trabajo ha sacado a consulta un reglamento que obliga a registrar no solo entrada y salida, sino también pausas, horas extra y cómo se compensan. Será digital, con más trazabilidad y acceso para Inspección. Aún es borrador y puede cambiar.

Hace unos días el Ministerio de Trabajo puso en audiencia pública un Real Decreto que refuerza el registro de jornada. ¿La novedad? Las empresas –incluidas pymes y micro– deberán distinguir tiempo efectivo y pausas, anotar horas ordinarias y extra y cómo se compensan (dinero o descanso). El registro será digital por defecto, trazable y con posibilidad de acceso inmediato a Inspección. La norma se aprobaría por reglamento y, una vez publicada en el Boletín Oficial del Estado, entraría en vigor a los 20 días. Es un borrador: conviene prepararse, pero seguirá sujeto a cambios.

Qué cambia
— Registro digital y trazable: fin del “papel en la pared” salvo contingencias técnicas puntuales.
— Detalle de pausas: habrá que diferenciar los descansos no computables (café, comida, esperas) del tiempo efectivo trabajado.
Horas extra/complementarias: deben identificarse y explicitar su compensación (descanso equivalente o pago).
Identidad y control: fichaje personal (no delegable), con verificación y marcas de modificación para evitar arreglos a posteriori.
Transparencia: disponibilidad del registro para la plantilla/representantes y acceso rápido de Inspección de Trabajo.
— Subcontratas: obligación de asegurar el registro aunque se trabaje en centros de terceros.

Por qué ahora
— El registro nació en 2019, pero su aplicación quedó corta: falta de detalle en pausas y compensaciones, formatos dispares y escasa trazabilidad.
— El Gobierno busca concretarlo por reglamento, tras el bloqueo parlamentario de la reducción de jornada: menos ambigüedad y más control práctico.

Ejemplo práctico
— Antes: 08:00–16:00 y, si acaso, marca de salida/entrada al comedor.
— Con el nuevo modelo: 08:00 entra · 11:30–11:45 pausa · 14:00–14:30 comida (no computa) · 16:00 sale · 16:00–17:00 hora extracompensación: descanso 1 h en la semana próxima o pago en nómina del mes.

De “cumplir por cumplir” a registro útil

Obligación Cómo era Qué exigirá el reglamento Acción en tu empresa
Formato Hojas Excel/plantillas firmadas Digital por defecto, con trazabilidad y sellos de cambio Implanta app o sistema homologable; define roles y auditoría
Pausas A menudo sin diferenciar Distinguir tiempo efectivo y descansos (no computables) Configura pausas y consensúa qué computa según convenio
Horas extra Marcadas “a mano” o fuera del sistema Identificar extra y cómo se compensa (dinero/descanso) Flujo de validación y reflejo en nómina/descansos
Acceso Disponible “a petición” Acceso inmediato a plantilla/representantes e Inspección Portal del empleado y credencial para ITSS

Impacto directo en el trabajador
— Mejor prueba de horas extra y su compensación real (descanso o pago).
— Menos “alargues invisibles” en pausas y desconexión más clara.
— En subcontratas, el registro seguirá a la persona, no se “pierde” por cambiar de centro o cliente.

FAQ
¿Tengo que “fichar” cada café?
El sistema debe distinguir pausas, sí. No es un castigo, es lo que evita que un descanso acabe computando como trabajo o que una extra se pierda.

¿Vale un Excel firmado?
El borrador pide registro digital trazable. Un Excel sin control de cambios no cumple el espíritu de la norma.

¿Cuándo aplica?
Tras su publicación en el Boletín Oficial del Estado, el reglamento entraría en vigor a los 20 días. Hasta entonces, está en audiencia pública y puede ajustarse.

¿Cambian las sanciones?
El régimen sancionador sigue en la Ley de Infracciones y Sanciones; no se prevé cambio por reglamento. La falta de registro es infracción grave con multas que pueden llegar a miles de euros por empresa.

Enlaces oficiales
Ministerio de Trabajo — Documento de audiencia pública del nuevo reglamento
Guía oficial (actualizada) sobre registro de jornada

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