Tipos de contrato en España en 2025: conoce tus derechos y evita fraudes

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martes, 10 de junio de 2025

Contratos de trabajo: lo que debes saber para que no te cuelen un fraude
Miles de contratos ilegales se siguen firmando cada año: aprende a defenderte

El trabajo ha cambiado, los fraudes también

El trabajo ha cambiado mucho en España en los últimos años. Y los contratos también.
La reforma laboral de 2022 limitó los abusos en la temporalidad, pero la realidad es que todavía se firman miles de contratos ilegales.
Conocer bien las modalidades que existen es clave para que no te cuelen un fraude y puedas defenderte.

Contrato indefinido

El más seguro de todos. No tiene fecha de finalización.

  • Si te despiden sin causa justificada → indemnización de 33 días/año trabajado.
  • Si el despido es procedente (motivos disciplinarios o económicos justificados), no hay indemnización.
  • Puede ser a jornada completa, parcial o como fijo-discontinuo.
    👉 Truco: Si llevas más de 12 meses encadenando contratos temporales sin causa, probablemente ya eres indefinido de hecho.

Contrato temporal

Muy limitado desde la reforma. Solo puede hacerse:

  • Por circunstancias de la producción → máximo 6 meses (o hasta 12 si el convenio lo permite).
  • Por sustitución de otro trabajador → el tiempo que dure su ausencia.
    👉 Ojo: Si tu contrato temporal no dice claramente qué circunstancia lo justifica → probablemente es un fraude.
    Si estás siempre en el mismo puesto con contratos temporales repetidos → denuncia.

Contrato fijo-discontinuo

Alternativa al temporal para trabajos de temporada o intermitentes (hostelería, limpieza de colegios, campañas agrícolas...).

  • Cotizas cuando trabajas.
  • Tienes derecho a ser llamado cada año.
  • Si no te llaman sin causa → puedes reclamar y pedir indemnización.
    👉 Cuidado: Hay empresas que usan el fijo-discontinuo como excusa para no garantizar el empleo de año en año. Tienes derecho a reclamar si eso ocurre.

Contrato de formación en alternancia

Para compaginar trabajo con formación reglada.

  • Dura máximo 2 años.
  • Jornada reducida (65 % o 85 %).
  • Salario proporcional a jornada.
  • Incluye tiempo de formación obligatorio.
    👉 Muchos lo usan como “contrato barato” sin ofrecer formación real → esto es ilegal.
    Si no tienes formación real asociada → es fraude.

Contrato para la obtención de práctica profesional

Para personas que han acabado recientemente estudios universitarios o de FP.

  • De 6 meses a 1 año.
  • Salario según convenio, con todos los derechos.
  • No puede usarse como excusa para no pagar o dar condiciones peores.
    👉 Muchísimas “becas” encubren lo que debería ser este contrato.
    Si estás haciendo tareas de plantilla → pide contrato de prácticas o contrato laboral normal.

Figuras que esconden fraudes más habituales

  • Falsos autónomos: te obligan a facturar como autónomo pero te imponen horarios, normas, herramientas → denuncia, eso es un contrato laboral camuflado.
  • Becarios eternos: cuidado con las “prácticas” que en realidad son trabajo sin remuneración ni contrato legal.
  • Contratos mercantiles en trabajos laborales: otro clásico. Si cumples horario, dependes de la empresa, te supervisan... → eres trabajador por cuenta ajena, no un proveedor.

Conclusión combativa

Firmar un contrato no es firmar un cheque en blanco. Lee bien, pregunta, y si dudas, no firmes sin asesorarte. Y si ya has firmado y ves fraude, denuncia. Cada trabajador informado es un fraude menos en el mercado.

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