Contratos y Despidos

22 años de antigüedad y 41,20 euros: el TSJA avala el despido

• 4 min lectura •
Inma Borja

El tribunal rechaza que dos décadas de trayectoria protejan al trabajador y sostiene lo contrario: que agravan la pérdida de confianza.

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en su sentencia 30/2026, ha confirmado el despido disciplinario de un gerente de transportes de Mercadona con más de 22 años de antigüedad por realizar 29 cargos personales con el dispositivo Via-T de la empresa en días que figuraban como libres o de vacaciones. El propio trabajador cifró el perjuicio económico causado en 41,20 euros. La resolución confirma el fallo previo del Juzgado de lo Social nº 11 de Málaga y se apoya en el artículo 54.2.d) del Estatuto de los Trabajadores. No es firme: cabe recurso de casación para la unificación de doctrina.

Veintinueve peajes entre mayo y agosto

Los cargos se produjeron entre el 20 de mayo y el 1 de agosto, según la información pública disponible. El dispositivo de telepeaje estaba vinculado a una tarjeta corporativa de uso profesional. Los días en los que se registraron los pasos figuraban en el calendario del trabajador como libres o como vacaciones, y no se acreditó que estuviera prestando servicio para la empresa.

Hubo además un segundo movimiento que pesó en la resolución: el gerente validó después esos gastos en la aplicación interna de la compañía, el mismo sistema por el que debían justificarse o devolverse los cargos de carácter personal. La carta de despido lleva fecha de 31 de octubre de 2023.

Lo que alegó el trabajador y por qué no le sirvió

Su defensa se apoyó en cuatro argumentos, y el tribunal los rechaza uno a uno. Sostuvo que tenía autorización verbal de su coordinador para usar el Via-T; que no existía una norma escrita que lo prohibiera expresamente; que podía usar el coche de empresa para desplazamientos particulares, de modo que el peaje iría en el mismo paquete; y que, con una trayectoria de dos décadas sin una sola sanción previa, el despido era desproporcionado.

El razonamiento de la sentencia separa dos cosas que el trabajador unía: una cosa es el uso del vehículo y otra el telepeaje, que estaba asociado a una tarjeta corporativa de uso estrictamente profesional, con un procedimiento conocido para justificar o devolver lo personal.

La frase que cambia lo que mucha gente da por hecho

Aquí está el punto que convierte esta resolución en algo más que un caso particular. La idea extendida de que una larga antigüedad funciona como escudo frente a un despido disciplinario —«llevo veinte años aquí, no me pueden echar por esto»— es precisamente lo que el tribunal desmonta.

El TSJA valora que el puesto tenía autonomía y responsabilidad, que los cargos fueron reiterados y no un hecho aislado, y que los 22 años de relación laboral refuerzan la confianza que la empresa había depositado en él. La antigüedad, en ese razonamiento, no atenúa: contextualiza la gravedad.

El convenio aplicable clasifica como falta muy grave el fraude, la deslealtad y el abuso de confianza, con el despido entre las sanciones posibles.

Dónde queda la teoría gradualista

Esto no significa que cualquier despido por una cantidad pequeña vaya a sostenerse. El artículo 54 del Estatuto de los Trabajadores sigue exigiendo que el incumplimiento sea grave y culpable, y los tribunales siguen aplicando la llamada teoría gradualista: valorar el hecho en su contexto, no en abstracto.

Lo que esta sentencia ilustra es cuáles son los factores que inclinan la balanza. No fue el importe —41,20 euros no arruinan a nadie—, sino la reiteración, el nivel de responsabilidad del puesto y, sobre todo, el paso posterior de validar los gastos en el sistema interno. Son los mismos elementos que, cuando faltan, hacen que otros despidos por cantidades igual de pequeñas acaben declarados improcedentes.

La sentencia no agota el asunto: al no ser firme, el Tribunal Supremo puede todavía pronunciarse si se prepara el recurso de unificación de doctrina en el plazo de diez días.

Para seguir este tipo de resoluciones, puedes suscribirte a nuestra newsletter; en /recursos están las guías, las calculadoras y los modelos descargables de AlertaTrabajo. Si lo que tienes es una carta de despido encima de la mesa, los plazos corren rápido: la vía es un sindicato, un abogado laboralista o el servicio de orientación jurídica gratuito de tu colegio de abogados.


Sobre la autora

Inma Borja es divulgadora de derechos laborales y cofundadora de AlertaTrabajo.com, donde escribe y firma con su nombre. Ha formado parte del comité de empresa de su centro de trabajo y lleva años explicando a quien se lo pide qué dice exactamente la ley. Trabaja con las fuentes delante —BOE, jurisprudencia y boletines oficiales— porque el primer derecho es saber que lo tienes.

¿Te ha gustado esta noticia?

Etiquetas Relacionadas

Haz clic en una etiqueta para ver más contenido relacionado

¡Comparte esta Noticia!

Ayúdanos a difundir información útil

¿Tienes dudas sobre tu situación laboral?

Consulta nuestras guías, calculadoras y modelos descargables gratuitos.