Despido encubierto por discapacidad: la sentencia que desenmascara una injusticia

lunes, 21 de abril de 2025

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia obliga a una empresa a readmitir a una trabajadora despedida tras ser declarada “no apta” por un informe médico contradictorio. El tribunal lo llama como es: discriminación por discapacidad.
El caso es tan claro como preocupante: una trabajadora con discapacidad, contratada mediante un contrato de fomento del empleo específicamente destinado a personas con discapacidad, es despedida sin renovación de contrato justo tras ser calificada como “no apta” en un segundo informe médico. Hasta ese momento había cumplido perfectamente con sus obligaciones laborales y no constaban quejas de ningún tipo.


El TSXG (Tribunal Superior de Xustiza de Galicia) no ha pasado por alto las maniobras de la empresa. La Sala de lo Social ha declarado nula la extinción contractual, obliga a readmitir a la trabajadora, abonarle los salarios dejados de percibir y, además, indemnizarla con 7.501 € por daños morales.


Un despido “formalmente legal” pero materialmente discriminatorio


La empresa alegó que, al tratarse de un contrato temporal, estaba en su derecho de no renovarlo. Pero el TSXG desmonta ese argumento: aunque una decisión empresarial sea “legalmente acausal” (sin necesidad de justificarla), eso no excluye que pueda ser discriminatoria si se utiliza para vulnerar derechos fundamentales.


Y en este caso, los indicios eran más que evidentes:

  • Cumplimiento correcto de sus funciones hasta la revisión médica.
  • Informes médicos contradictorios (uno la declaró apta, otro la corrigió como no apta).
  • Comunicación del despido con una urgencia inusual, de un día para otro.
  • Otras cinco extinciones similares y simultáneas.
  • Dos ceses comunicados antes de tener los resultados médicos.

Todo apunta a que los reconocimientos médicos fueron una pantalla para justificar una decisión tomada de antemano.


Esto no es un caso aislado, es un modelo que hay que desmontar


Desde Alerta‑Trabajo lo decimos claro: discriminar a una persona por su discapacidad es intolerable. Y usar informes médicos como excusa es aún más grave.
Esta sentencia es una victoria, pero también un aviso. Porque el derecho al trabajo no puede depender de informes “corregidos” o decisiones maquilladas.

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