Conflictos Laborales

El dueño de La Gilda del Norte, a juicio por presunta explotación de extranjeros

7 min lectura
Inma Borja

La Audiencia Provincial de Bizkaia juzga esta semana al empresario detrás de la conocida marca de pintxos por delitos continuados contra los derechos de los trabajadores. Seis años después de los primeros hechos, queda por saber qué pena impondrá el tribunal y si la hija acusada saldrá sin condena.

El empresario F.J.G.Á., titular de Agricultura Creativa 2015 S.L. —la mercantil detrás de la marca La Gilda del Norte—, se sienta esta semana en el banquillo de la Audiencia Provincial de Bizkaia junto a su hija P.G. Ambos responden por delitos continuados contra los derechos de los trabajadores: contratar a extranjeros sin permiso de trabajo, pagarles en negro por debajo del SMI y ordenarles esconderse —incluso en cámaras frigoríficas— cuando llegaban inspecciones. La Fiscalía da los hechos por probados pero pide solo un año de cárcel para el padre y exime a la hija. Las acusaciones de los propios trabajadores piden hasta seis años y tres meses. Las vistas están previstas para el martes 24 y el miércoles 25 de marzo.

Lo más importante:

  • Al menos desde 2018, un número indeterminado pero elevado de trabajadores extranjeros fueron empleados sin contrato ni alta en la Seguridad Social en las instalaciones de Basauri y los invernaderos de Lezama.
  • El cobro era en negro: 800 euros mensuales por jornada completa —por debajo del SMI entonces vigente—, con 45 euros al día y 70 en festivos; cuartillas manuscritas halladas por la Inspección de Trabajo documentan estos pagos.
  • Una trabajadora embarazada denunció haber recibido presiones para abortar si no quería ser despedida; otros empleados fueron forzados a trabajar contagiados de COVID-19 durante la pandemia.

Inspección de Trabajo y Policía Nacional levantaron el velo en plena pandemia

El primer gran operativo se produjo el 1 de diciembre de 2020, cuando efectivos de la Policía Nacional y dos inspectores de Trabajo accedieron simultáneamente a las instalaciones de Basauri y a los invernaderos de Lezama. Aquella mañana identificaron a seis trabajadores sin contrato. Las cuartillas manuscritas con los pagos en negro —800 euros mensuales, 50 euros de plus por trabajar en sábado— quedaron intervenidas como prueba. Los trabajadores habían sido advertidos de que, si llegaba una inspección, debían esconderse y de que serían ellos —no el empresario— quienes recibirían una multa de 6.000 euros y podrían ser deportados a sus países de origen, principalmente de América Latina.

Tras esa primera visita, F.J.G.Á. ordenó a sus empleados sin papeles pasar al turno de noche para dificultar su detección. No sirvió: en mayo de 2021, la Policía Nacional coordinó con la Inspección de Trabajo una nueva entrada nocturna. Volvieron a encontrar trabajadores en situación irregular, varios de ellos los mismos de meses atrás. El empresario fue detenido en junio de 2021 por la brigada de Extranjería y Fronteras, competente en Euskadi en materia de extranjería, aunque él niega el arresto pese a que, según la información pública disponible, existe un acta de detención con huellas y fotografías.

Tres delitos en el auto de apertura, pero la Fiscalía rebaja su petición al mínimo

El auto de apertura de juicio —dictado el 22 de abril de 2024 por el titular del Juzgado de Instrucción 1 de Bilbao, Juan Carlos Mediavilla— recoge tres líneas de acusación contra F.J.G.Á.: imposición de condiciones ilegales mediante contratación al margen de cualquier contrato laboral, empleo reiterado de extranjeros sin permiso de trabajo —incluyendo menores de edad—, y puesta en peligro grave de la vida de los empleados al incumplir normas de seguridad y prevención, en particular al obligar a personas con COVID-19 a acudir a trabajar. Por estas tres vías, la acusación podría sumar hasta seis años de cárcel. Sin embargo, la fiscal María Miranda ha decidido pedir en juicio solo un año de prisión para el padre y eximir completamente a la hija P.G.

Las acusaciones particulares, ejercidas por tres trabajadores personados en la causa, no comparten esa moderación. Una de las representaciones legales solicita seis años y tres meses para el padre, diez meses para la hija, multas de 16.200 y 7.200 euros respectivamente e indemnizaciones de 7.500 euros para dos de los afectados. Otra representación pide cinco años y nueve meses para padre e hija. Una de las abogadas de los trabajadores ha lamentado públicamente que la instrucción no haya determinado con exactitud desde cuándo se producía la explotación ni cuántas personas resultaron afectadas en total, aunque considera acreditados al menos el caso de la embarazada, el empleo de menores y la ausencia de equipos de protección.

Cronología de seis años entre el primer hallazgo y el banquillo

Fecha Hito Estado
Diciembre 2020 Primera inspección conjunta Policía Nacional + Inspección de Trabajo en Basauri y Lezama Confirmado
Mayo 2021 Segunda inspección nocturna; nuevos trabajadores irregulares identificados Confirmado
Junio 2021 Detención del empresario por la brigada de Extranjería y Fronteras Confirmado (negado por el acusado)
Abril 2022 Inspección de Trabajo propone sanción de 40.313,83 € por irregularidades acreditadas Confirmado
22 de abril de 2024 Auto de apertura de juicio oral dictado por el Juzgado de Instrucción 1 de Bilbao Confirmado
24-25 de marzo de 2026 Vistas orales en la Audiencia Provincial de Bizkaia En curso

El acusado niega todo; sindicatos y trabajadores personados llevan seis años sin esa respuesta oficial

F.J.G.Á. ha mantenido desde el inicio que los hechos son un montaje, que conoce a denunciantes que se habrían retractado y que estas personas estaban, según sus propias palabras, "obligados a decir falsedades". En anteriores declaraciones públicas llegó a describir la situación como fruto de la "necesidad de los papeles" de sus empleados, insinuando que fueron sus propios compañeros quienes los llevaron a denunciar. Los procesados tienen derecho constitucional a no autoincriminarse y a no declarar.

Las reacciones sindicales al caso, producidas en su mayoría en 2021 cuando el asunto se hizo público, no dejaron margen a la ambigüedad. Desde CCOO se señaló que la situación era incompatible con el discurso patronal sobre los costes laborales. La portavoz parlamentaria de Elkarrekin Podemos-IU calificó públicamente al empresario de explotador y abusador. Ninguna de las partes acusadoras ha modificado sus posiciones de cara al juicio.

Sentencia y posible pena efectiva, los dos interrogantes del fallo

Celebradas las vistas del 24 y 25 de marzo, el siguiente hito es la sentencia de la Audiencia Provincial de Bizkaia, para la que no consta un plazo público anunciado. El elemento central que definirá el impacto real del fallo es si la sala aplica la pena solicitada por la Fiscalía —un año, que por debajo de dos años podría no implicar ingreso en prisión para un condenado sin antecedentes— o si se acerca a las peticiones de la acusación particular, que superan los cinco años. La extensión real de la red de trabajadores afectados —la instrucción no la cuantificó con precisión, aunque en distintos documentos oficiales se alude a hasta 25 personas— es otro punto que la sentencia podría dejar sin resolver definitivamente. La posibilidad de recurso ante instancias superiores permanece abierta para cualquiera de las partes.


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