Inspección de Trabajo frena 200 jubilaciones forzosas en Renfe tras la denuncia de CSIF

viernes, 21 de noviembre de 2025

Renfe se ve obligada a dar marcha atrás en un plan que pretendía sacar de la empresa a casi 200 veteranos y que podía alcanzar a más de 1.000 ferroviarios en los próximos años.

La Inspección de Trabajo ha tumbado el plan del Grupo Renfe para extinguir 186 contratos mediante jubilaciones forzosas de personal con una media de 65 años y hasta 40 años de antigüedad, al entender que, en la práctica, se trataba de un despido colectivo improcedente y en fraude de ley. La medida se apoyaba en un acuerdo firmado en junio de 2024 entre la empresa y varios sindicatos mayoritarios, que preveía la salida obligatoria de casi 200 trabajadores veteranos y abría la puerta a más de 1.000 ceses en los próximos años. CSIF, que se negó a firmar el acuerdo, denunció el caso ante la Inspección y ante la Audiencia Nacional, alegando que las jubilaciones forzosas carecían de causa legal, vulneraban la normativa sobre jubilación forzosa en convenio y podían suponer discriminación por edad.

Qué ha pasado y por qué importa
Imagina que llevas más de 40 años trabajando en Renfe, has sacado trenes adelante en todas las crisis y, de repente, te llega una carta en la que la empresa te comunica que tu contrato se extingue porque “toca jubilarte”. No es una propuesta ni una negociación: es una decisión unilateral, apoyada en un acuerdo interno que tú nunca has visto publicado en ningún sitio oficial.

Eso es lo que se han encontrado 186 personas trabajadoras del Grupo Renfe: un plan de jubilaciones forzosas, pactado en junio de 2024 con varios sindicatos mayoritarios, que obligaba a la salida de personal de 65 años o más y que podía extenderse a más de 1.000 empleados en los próximos años, según las estimaciones del propio sindicato denunciante.

CSIF se negó a firmar ese acuerdo, lo calificó de “despido colectivo encubierto” y lo llevó tanto a la Inspección de Trabajo como a la Audiencia Nacional. Ahora la Inspección ha dictado un informe demoledor: considera que esas jubilaciones obligatorias se adoptaron en fraude de ley, sin causa suficiente y con el único objetivo de apartar a los trabajadores de mayor edad, por lo que equivalen a un despido colectivo improcedente. La empresa pública se ha visto obligada a detener el plan y a readmitir a los 186 afectados, que estaban abocados a abandonar su puesto de trabajo en diciembre.

Qué intentaba hacer Renfe con las jubilaciones forzosas
El acuerdo firmado en junio de 2024 entre Renfe y varios sindicatos (SEMAF, CCOO, UGT, SFF-CGT y SF-Intersindical) abría la puerta a extinguir contratos mediante jubilación forzosa del personal de 65 años o más, con la idea declarada de rejuvenecer la plantilla e incrementar la contratación de mujeres.

En la práctica, esto suponía:

  • Extinción obligatoria de 186 contratos por “jubilación forzosa” en una primera fase.
  • Afectación principal a trabajadores con una media de 65 años y más de 40 años de servicio en la empresa.
  • Posibilidad de extender la medida a alrededor de 1.000 trabajadores en los próximos años, según cálculos sindicales.

Desde el punto de vista de CSIF, aquello no era un mero ajuste de plantilla, sino un despido colectivo encubierto en una empresa pública dependiente del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible, dirigido a deshacerse del personal de mayor edad.

“No es relevo generacional, es echar a quien más sabe para cuadrar números y vender modernización”, resumen trabajadores consultados por las secciones sindicales.

Qué dice la ley sobre la jubilación forzosa en España
En España, la jubilación forzosa no consiste en “echar a la calle” a alguien porque sí. La figura solo es posible cuando se recoge expresamente en un convenio colectivo y se cumplen una serie de requisitos muy estrictos establecidos en la legislación laboral vigente, tras las últimas reformas en materia de pensiones y empleo.

A grandes rasgos, la normativa exige que:

  • La persona trabajadora tenga derecho al 100% de la pensión ordinaria de jubilación (no vale si no llega al porcentaje completo).
  • La cláusula de jubilación forzosa esté claramente recogida en el convenio colectivo, con un objetivo de política de empleo explícito (relevo generacional, mejora de estabilidad en el empleo, etc.).
  • La jubilación forzosa se vincule a la contratación indefinida y a tiempo completo de al menos una nueva persona trabajadora por cada cese, reforzando el relevo generacional.
  • Desde la reforma operada por la Ley 21/2021, se limita la jubilación forzosa por debajo de una edad muy elevada (en la práctica, en torno a los 68 años, con matices según convenio).

Además, cuando una medida de extinción de contratos, aunque se etiquete como “jubilación forzosa”, afecta a un número relevante de personas y responde a una misma decisión empresarial, puede estar en realidad encubriendo un despido colectivo. En esos casos, la empresa está obligada a seguir el procedimiento del Estatuto de los Trabajadores: justificar causas, abrir periodo de consultas y comunicarlo a la autoridad laboral.

Según el informe de la Inspección de Trabajo, justo eso es lo que no ocurrió en Renfe: se utilizó la etiqueta de jubilación forzosa para ejecutar un plan de salidas masivas sin respetar las garantías del despido colectivo.

Por qué Inspección de Trabajo tumba el plan de Renfe
El informe de la Inspección de Trabajo concluye varios puntos clave:

  • Las 186 extinciones por jubilación forzosa carecían de base legal suficiente y se adoptaron en fraude de ley.
  • La empresa utilizó la jubilación forzosa como sustituto de un despido colectivo que no llegó a tramitar, vulnerando el procedimiento previsto en el Estatuto de los Trabajadores.
  • El objetivo real era apartar a trabajadores de mayor edad, lo que puede implicar discriminación por razón de edad y vulneración del derecho a la igualdad (artículo 14 de la Constitución).

CSIF también denuncia que el acuerdo de jubilación forzosa no cumplía con otros requisitos formales: no se habría publicado en el BOE, faltaría autorización del Ministerio de Hacienda y no se garantizaría la contratación simultánea de mujeres en los términos exigidos por la normativa de relevo generacional.

Ante este escenario, Renfe ha decidido paralizar el plan, notificar la readmisión de los 186 afectados y dejar sin efecto las jubilaciones obligatorias que se iban a ejecutar en diciembre.

Tabla rápida: lo que quería Renfe y lo que exige la ley

Qué planteaba el plan de Renfe Qué dice la ley sobre la jubilación forzosa Problema detectado por Inspección
Extinguir 186 contratos por jubilación forzosa de personal con más de 65 años y largo historial en la empresa. Requiere convenio con cláusula clara, derecho al 100% de la pensión y objetivos de empleo explícitos. Ausencia de base legal suficiente y uso de la figura para un ajuste de plantilla masivo.
Presentar las salidas como “relevo generacional” y mejora de presencia de mujeres. La ley exige vincular la medida a contratación indefinida y a tiempo completo, con compromisos verificables. Dudas sobre la contratación efectiva de nuevas personas trabajadoras y el cumplimiento de los requisitos de igualdad.
Evitar un procedimiento formal de despido colectivo. Si hay salidas múltiples de origen común, debe seguirse el procedimiento de despido colectivo. Inspección entiende que, en realidad, se trata de un despido colectivo improcedente encubierto.

Qué puedes hacer si te quieren “jubilar a la fuerza”
Esta noticia no solo afecta a Renfe: cualquier persona trabajadora puede verse en una situación parecida si su empresa intenta usar la jubilación forzosa como vía rápida para reducir plantilla. Si recibes una carta comunicando tu “jubilación obligatoria” y no estás de acuerdo, algunos pasos básicos pueden ayudarte a reaccionar a tiempo:

  • Lee con calma la carta o el burofax: comprueba la fecha de efectos, la causa alegada y cualquier referencia a convenio o acuerdo interno.
  • Pide copia del convenio colectivo y del posible acuerdo que la empresa diga estar aplicando (y revisa si realmente prevé jubilación forzosa en tu caso).
  • Contacta de inmediato con tu representación sindical o un asesor laboral independiente para valorar si la medida es legal o no.
  • Recuerda que los plazos para impugnar una extinción de contrato suelen ser muy cortos (20 días hábiles desde la fecha de efectos, en general). No esperes al último día.
  • Guarda toda la documentación (cartas, correos, comunicaciones internas) y no firmes nada que no entiendas: puedes firmar “no conforme” si quieres dejar constancia de tu desacuerdo.

Impacto directo en el trabajador
Para los 186 afectados de Renfe, la resolución de Inspección de Trabajo supone algo tan sencillo y tan enorme como seguir trabajando y mantener su salario y cotizaciones en lugar de ser expulsados del mercado laboral por la fuerza.

Para el resto de la plantilla, el mensaje es claro: los planes de relevo generacional no pueden servir de excusa para vaciar de golpe a quienes sostienen la empresa desde hace décadas. Y para cualquier trabajador o trabajadora en España, este caso marca un precedente práctico: si una “jubilación forzosa” se usa para encubrir un despido colectivo sin garantías, se puede pelear y ganar.

Preguntas frecuentes sobre jubilación forzosa y este caso de Renfe

¿Me pueden obligar a jubilarme solo porque cumplo 65 años?

No automáticamente. La jubilación forzosa solo es posible si está prevista de forma clara en un convenio colectivo y se cumplen todos los requisitos legales (derecho al 100% de la pensión, objetivos de empleo, relevo generacional real, etc.). Si la empresa pretende forzarte a salir solo por tu edad, sin más, es muy probable que sea impugnable.

¿Qué diferencia hay entre jubilación forzosa y despido colectivo encubierto?

La jubilación forzosa, bien planteada, es una extinción del contrato ligada a la edad y a la pensión, integrada en una política de empleo pactada en convenio. En cambio, cuando una empresa utiliza esa etiqueta para sacar de golpe a muchas personas de perfil similar, sin cumplir los requisitos legales ni abrir un expediente de despido colectivo, lo que está haciendo puede ser, en realidad, un despido colectivo encubierto y sin garantías.

¿Por qué Inspección de Trabajo ha frenado el plan de Renfe?

Porque entiende que las 186 extinciones no se apoyaban en una causa legal suficiente, se adoptaron en fraude de ley y se usó la jubilación forzosa como sustituto de un auténtico despido colectivo. Al no respetarse el procedimiento ni los requisitos, la medida era improcedente y debía revertirse.

Si acepto la jubilación, ¿luego puedo reclamar?

Depende mucho de cómo se haya tramitado y de lo que firmes. Si la salida se presenta como voluntaria y firmas un acuerdo que deja clara tu conformidad, será más difícil impugnar después. Por eso es clave no precipitarse, no firmar nada que no entiendas y buscar asesoramiento antes de tomar una decisión definitiva sobre tu futuro laboral y tu pensión.

Trabajo en el sector privado, ¿esto también me afecta?

Sí. Las reglas sobre jubilación forzosa en convenios colectivos y sobre despido colectivo se aplican también en la empresa privada. Si tu empresa quiere imponer salidas obligatorias por edad, tendrá que ajustarse a la misma normativa: convenio, causas justificadas, relevo generacional y respeto al procedimiento. Si ves que se quiere utilizar la edad como excusa para reducir plantilla, conviene reaccionar desde el primer momento.

Las personas no son “material sobrante”
Este caso de Renfe demuestra que, cuando se fuerza la máquina, la Inspección de Trabajo y los tribunales pueden poner freno a prácticas que intentan disfrazar despidos de “políticas de rejuvenecimiento”. Las personas que llevan décadas sosteniendo los servicios públicos no son un número que se pueda borrar con una cláusula mal diseñada en un acuerdo interno.

La jubilación tiene que ser un derecho, no una herramienta para limpiar plantillas incómodas. Y cuando se usa de forma injusta, existe margen para plantar cara, como acaban de demostrar los ferroviarios que se negaron a que les empujaran a la puerta de salida.

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