La hora de comida solo es descanso con desconexión total, según el Supremo

Clave práctica para miles de trabajadores con pausas “vigiladas”: si te exigen seguir localizable, ese tiempo cuenta como trabajo efectivo y debe pagarse.
El Tribunal Supremo ha fijado una regla clara: la pausa de comer solo es descanso cuando hay desconexión total. Si la empresa mantiene a la persona trabajadora “a disposición” (por ejemplo, con móvil corporativo, avisador o llamadas), ese periodo es tiempo de trabajo efectivo y debe retribuirse. En el caso analizado, una contrata reorganizó la pausa para garantizar la desconexión y dejó de pagarla; el Supremo validó ese cambio porque convirtió la hora de comer en un descanso real. El mensaje de fondo es sencillo: sin desconexión plena, no hay descanso; hay jornada.
¿Pausa de comida con el teléfono encendido “por si te llaman”? Si no puedes disponer libremente de ese tiempo, no estás descansando: sigues trabajando. La cuestión ya no es semántica, es salarial y de prevención: o hay desconexión real o la hora cuenta y se cobra. ¿Cómo lo demuestras y qué puede exigir la empresa?
Qué cambia y qué no cambia
- Si no hay desconexión total, la pausa es tiempo de trabajo efectivo y debe pagarse.
- Si la empresa garantiza desconexión total (no guardias, no disponibilidad, no avisos), la pausa es descanso y no se retribuye, salvo que el convenio o un pacto diga lo contrario.
- La empresa puede reordenar la pausa para convertirla en descanso real (MSCT), pero debe justificarla y negociarla conforme al art. 41 del Estatuto de los Trabajadores.
Marco legal
- Estatuto de los Trabajadores, art. 34.4: si la jornada continuada supera 6 horas, hay un descanso mínimo de 15 minutos; solo es retribuido si lo dice el convenio o un pacto. La sentencia aclara cuándo la pausa de comer es “descanso” y cuándo es “trabajo efectivo”: la llave es la desconexión total.
Guía rápida para saber si tu pausa “cuenta”
- Te piden estar localizable (móvil/avisador) durante la comida → Cuenta como trabajo efectivo y se paga.
- Te obligan a no alejarte del centro “por si acaso” → Indicio de disponibilidad; cuenta salvo que se acredite libertad real.
- Puedes salir del recinto, sin llamadas ni guardias, y disponer libremente del tiempo → Descanso no retribuido, salvo mejora de convenio/pacto.
Tabla clave para tu empresa/centro
| Situación real | ¿Cuenta como trabajo? | Pistas para probarlo |
|---|---|---|
| Comida con móvil corporativo encendido y avisos | Sí, es trabajo efectivo | Parte de guardia, listado de incidencias, mensajes, registro horario con interrupciones |
| Debes permanecer en base “por si surge algo” | Sí, disponibilidad = trabajo | Órdenes internas, protocolos, cuadrantes que fijan presencia |
| Pausa con libertad real (salir, desconectar, sin avisos) | No, es descanso no retribuido | Política escrita de desconexión, testigos, ausencia de llamadas/avisos |
Cómo debe actuar la empresa para que la pausa sea descanso real
- Eliminar la disponibilidad: sin guardias, sin avisos, sin tareas asociadas a ese tramo de tiempo.
- Permitir la salida del centro (si no hay razones objetivas de seguridad que lo impidan).
- Dejar constancia escrita (política interna/negociada) y ajustar el registro horario para no “colar” trabajo en la pausa.
- Negociar y justificar los cambios (MSCT) si antes se pagaba: causa, procedimiento y garantías del art. 41 ET.
Cómo debe actuar la plantilla si le “cuelan” trabajo en la comida
- Guarda pruebas: registro horario, emails/WhatsApp de avisos, protocolos de disponibilidad, cuadrantes, partes de incidencia.
- Reclama cantidades por el tiempo efectivamente trabajado en la pausa (con 1 año de prescripción).
- Denuncia ante Inspección si hay reiteración; exige política de desconexión y registro horario veraz.
“Sin desconexión plena, no hay descanso: hay jornada, y la jornada se paga.”
Impacto directo en el trabajador
Esta doctrina protege a quienes “comen de guardia” en sanidad, ambulancias, logística, retail o mantenimiento. A partir de ahora, o te dejan desconectar de verdad, o esa hora cuenta para jornada y nómina. La clave será lo que pase de facto, no lo que diga un cartel en el comedor.
FAQ
¿Mi convenio puede mejorar esto y pagar siempre la comida?
Sí. Si el convenio o un pacto lo reconoce, se paga aunque haya desconexión. La sentencia no impide mejoras colectivas.
Si la empresa cambia y deja de pagar, ¿es legal?
Solo si convierte la pausa en descanso real y sigue el art. 41 ET (causa, negociación, preaviso). Si no, podrás impugnar y reclamar diferencias.
¿Cómo pruebo que seguía trabajando en la pausa?
Mensajes/llamadas, partes de incidencias en esa franja, imposibilidad de salir, testigos y registros horarios “con entradas y salidas” durante la comida.
Conclusión
La frontera no es el comedor, es la disponibilidad. Donde hay disponibilidad, hay trabajo y salario; donde hay libertad real, hay descanso. Empresas: o garantizáis desconexión total o esa hora computa. Plantillas: documentad lo que ocurre en la práctica y reclamemos lo que corresponde.
Enlaces oficiales
STS (Sala de lo Social) 23/09/2025 – ECLI:ES:TS:2025:4159
Estatuto de los Trabajadores, art. 34.4: descanso dentro de la jornada
Directiva 2003/88/CE sobre ordenación del tiempo de trabajo



