Mercadona pierde en el Supremo: no puedes despedir a alguien por ir a la peluquería durante una baja

El Tribunal recuerda que estar de baja no implica “aislamiento domiciliario”
Una empleada de Mercadona ha ganado la batalla legal tras ser despedida por ir a la peluquería estando de baja médica. El caso ha llegado hasta el Tribunal Supremo, que ha dado la razón a la trabajadora y ha obligado a la empresa a readmitirla.
¿Qué ocurrió exactamente?
La trabajadora estaba de baja por un proceso lumbar y fue vista en una peluquería por un superior. A los pocos días, fue despedida por “incumplir el deber de diligencia y buena fe contractual”.
El caso acabó en los tribunales y finalmente el Supremo ha dejado claro que ir a la peluquería no implica una conducta incompatible con la baja médica.
El Supremo: una baja no obliga a encerrarse en casa
El Tribunal ha recordado que estar de baja no significa estar en arresto domiciliario. Ir a la peluquería, en este caso, no perjudicaba su recuperación ni implicaba fraude alguno.
Además, subraya que para justificar un despido debe probarse que la actividad realizada perjudica la curación, es incompatible con el tratamiento o demuestra que no existe verdadera incapacidad.
Mercadona tendrá que readmitirla
Tras esta sentencia, Mercadona debe readmitir a la empleada o pagarle una indemnización, ya que el despido ha sido declarado improcedente.
Este fallo sienta un precedente importante: no todo comportamiento cotidiano durante una baja médica puede ser sancionado.
Reflexión desde AlertaTrabajo
Este caso nos recuerda que muchos despidos se apoyan en interpretaciones excesivas por parte de las empresas. Y también que la baja médica protege al trabajador, pero no le convierte en un recluso.
Una vez más, el Supremo pone límites a los abusos laborales y recuerda que la legalidad está por encima de los prejuicios empresariales.