Obstruir a la Inspección sale caro: 60.000 € de multa confirmada en Cuenca

domingo, 17 de agosto de 2025

Negarse a la Inspección no es una opción: la ley lo tipifica como muy grave

Un juzgado de lo social en Cuenca ha confirmado una sanción de 60.000 € a una empresa que negó el acceso y la identificación de la plantilla a subinspectores de Trabajo. Más allá del caso, la regla es clara: obstruir la labor inspectora está tipificado como infracción muy grave y puede alcanzar hasta 225.018 €.

Claves rápidas

La Inspección puede entrar sin aviso en centros de trabajo, pedir documentación y tomar declaraciones. Si se impide el acceso o no se colabora, se considera obstrucción (LISOS art. 40 y 50; Reglamento ITSS art. 7). Conclusión práctica: coopera, acredita identidades y entrega lo requerido por escrito y en plazo.

“La colaboración inmediata evita un problema mayor: la obstrucción puede costar más que la infracción de fondo.”

Qué puede pedir la Inspección y cómo responder (guía exprés)

Actuación inspectora Base legal Qué debes hacer
Entrar sin previo aviso en el centro de trabajo Reglamento ITSS, art. 7.1.1º Permitir el acceso y facilitar un responsable para acompañar la visita
Solicitar documentación y datos con plazo mínimo de 15 días Reglamento ITSS, art. 7.1.4º y 7.1.5º Entregar copias y registro de jornada, contratos, nóminas, TC/SSC, evaluación PRL
Levantar actas y adoptar medidas cautelares Reglamento ITSS, art. 7.1.6º y 7.1.7º Atender el requerimiento por escrito y dentro del plazo indicado

Sanciones por obstrucción: importes y riesgos reales

La LISOS fija para la obstrucción (relaciones laborales y empleo) multas muy graves entre 120.006 y 225.018 € (grado máximo). Negar el acceso o la identificación de las personas presentes en el centro es el ejemplo típico de obstrucción. La sanción de 60.000 € en Cuenca encaja en esa horquilla.

Cómo actuar si llega la Inspección (pasos operativos)

  • Pide acreditación y número de orden si procede; acompaña la visita con una persona de RR. HH./Prevención.
  • Identifica a quienes están trabajando (empleados, ETT, contratas) y permite el acceso a instalaciones y registros.
  • Si requieren documentación, recoge por escrito el detalle y presenta en plazo (≥15 días). Si algo no existe, decláralo y corrígelo.
  • Evita negativas o demoras: cualquier impedimento injustificado puede ser obstrucción con sanción muy grave.

FAQ

¿Pueden entrar sin avisar?
Sí. La Inspección puede entrar sin previo aviso en cualquier momento, respetando la inviolabilidad del domicilio (Reglamento ITSS art. 7.1.1º).

¿Cuánto me pueden multar por obstruir?
Hasta 225.018 € (muy grave, grado máximo) según la LISOS, art. 40. Las cuantías se gradúan por circunstancias del caso.

¿Y si no tengo la documentación el mismo día?
El inspector puede requerirte por escrito con plazo mínimo de 15 días para presentarla. Cumple plazo y conserva justificantes.

Soy trabajador/a: ¿puedo denunciar irregularidades?
Sí. Puedes denunciar online ante la ITSS; tu identidad está protegida. Reúne pruebas (contratos, cuadrantes, nóminas).

Enlaces oficiales

Etiquetas Relacionadas

inspeccion cuenca obstruir como sale

¡Comparte esta Noticia!

¿Te ha gustado esta noticia?