Calendario laboral 2027: festivos de cada comunidad y puentes

En 2027 hay 14 festivos: los 12 de la lista de cada comunidad autónoma (también de Ceuta y Melilla) y las 2 fiestas locales que pone cada municipio. Nueve de ellos son iguales en toda España, y dos caen en sábado: el 1 de mayo y el 25 de diciembre. La lista oficial la publicó el BOE el 13 de octubre de 2026 en la Resolución de la Dirección General de Trabajo con las fiestas laborales de 2027. Esta guía recoge las fechas de tu comunidad, los fines de semana largos y qué pasa si un festivo cae en sábado, en tu día libre o te toca trabajarlo.
El calendario laboral de 2027 de un vistazo
- Nueve festivos iguales en toda España: 1 de enero (viernes), 6 de enero (miércoles), 26 de marzo (Viernes Santo), 1 de mayo (sábado), 12 de octubre (martes), 1 de noviembre (lunes), 6 de diciembre (lunes), 8 de diciembre (miércoles) y 25 de diciembre (sábado).
- El 6 de enero es el único de esos nueve que las comunidades pueden cambiar por una fiesta propia, pero en 2027 ninguna lo ha hecho.
- El 15 de agosto cae en domingo. Seis comunidades pasan el descanso al lunes 16, Extremadura lo pasa al lunes 11 de octubre y el resto lo sustituye por una fiesta propia.
- Los otros tres festivos los pone cada comunidad, entre fiestas propias y otras nacionales que puede elegir, como el Jueves Santo o San José. Canarias tiene 11 en la lista oficial más la fiesta de cada isla.
- Las dos fiestas locales no están en el BOE: las publica el boletín de tu comunidad y, en su caso, el de tu provincia.
- Un festivo en sábado no te da otro día libre si trabajas de lunes a viernes, salvo que lo diga tu convenio o que por eso superes tu jornada anual. Si trabajas a turnos, con libranzas que cambian, y cae en tu día libre, sí tienen que darte otro día.
¿Cuáles son los festivos nacionales de 2027?
Hay ocho fiestas que se celebran en toda España y que ninguna comunidad puede cambiar, más el 6 de enero, que en 2027 tampoco ha cambiado ninguna:
| Fecha | Día de la semana | Fiesta |
|---|---|---|
| 1 de enero | Viernes | Año Nuevo |
| 6 de enero | Miércoles | Epifanía del Señor (en todas las comunidades) |
| 26 de marzo | Viernes | Viernes Santo |
| 1 de mayo | Sábado | Fiesta del Trabajo |
| 12 de octubre | Martes | Fiesta Nacional de España |
| 1 de noviembre | Lunes | Todos los Santos |
| 6 de diciembre | Lunes | Día de la Constitución Española |
| 8 de diciembre | Miércoles | Inmaculada Concepción |
| 25 de diciembre | Sábado | Natividad del Señor |
El Jueves Santo, 25 de marzo, es fiesta en toda España salvo en Cataluña y en la Comunitat Valenciana.
El marco lo fija el artículo 37.2 del Estatuto de los Trabajadores:
«Las fiestas laborales, que tendrán carácter retribuido y no recuperable, no podrán exceder de catorce al año, de las cuales dos serán locales.»
El Estatuto blinda cuatro de ellas: Navidad, Año Nuevo, el 1 de mayo y el 12 de octubre. El artículo 45 del Real Decreto 2001/1983 completa la lista de fiestas nacionales, separa las que ninguna comunidad puede tocar de las que sí y deja que cada comunidad cambie estas últimas, como el Jueves Santo, el 6 de enero o San José, por fiestas propias. Por eso el calendario cambia de una comunidad a otra.
Festivos de 2027 por comunidad autónoma
Además de los nueve festivos comunes, cada comunidad tiene otras tres fiestas:
| Comunidad | Sus otras fiestas de 2027 |
|---|---|
| Andalucía | 1 de marzo (lunes), Día de Andalucía · 25 de marzo (jueves), Jueves Santo · 16 de agosto (lunes), por el 15 de agosto |
| Aragón | 25 de marzo (jueves), Jueves Santo · 23 de abril (viernes), San Jorge, Día de Aragón · 16 de agosto (lunes) |
| Asturias | 25 de marzo (jueves), Jueves Santo · 16 de agosto (lunes) · 8 de septiembre (miércoles), Día de Asturias |
| Illes Balears | 1 de marzo (lunes), Día de les Illes Balears · 25 de marzo (jueves), Jueves Santo · 29 de marzo (lunes), Lunes de Pascua |
| Canarias | 25 de marzo (jueves), Jueves Santo · 16 de agosto (lunes) · la fiesta de cada isla (ver abajo) |
| Cantabria | 25 de marzo (jueves), Jueves Santo · 28 de julio (miércoles), Día de las Instituciones de Cantabria · 15 de septiembre (miércoles), La Bien Aparecida |
| Castilla-La Mancha | 25 de marzo (jueves), Jueves Santo · 27 de mayo (jueves), Corpus Christi · 31 de mayo (lunes), Día de Castilla-La Mancha |
| Castilla y León | 25 de marzo (jueves), Jueves Santo · 23 de abril (viernes), Fiesta de Castilla y León · 16 de agosto (lunes) |
| Cataluña | 29 de marzo (lunes), Lunes de Pascua · 24 de junio (jueves), San Juan · 11 de septiembre (sábado), Fiesta Nacional de Cataluña (Diada) |
| Extremadura | 25 de marzo (jueves), Jueves Santo · 8 de septiembre (miércoles), Día de Extremadura · 11 de octubre (lunes), en sustitución del 15 de agosto |
| Galicia | 19 de marzo (viernes), San José · 25 de marzo (jueves), Jueves Santo · 17 de mayo (lunes), Día de las Letras Gallegas |
| Comunidad de Madrid | 19 de marzo (viernes), San José · 25 de marzo (jueves), Jueves Santo · 16 de agosto (lunes) |
| Región de Murcia | 19 de marzo (viernes), San José · 25 de marzo (jueves), Jueves Santo · 9 de junio (miércoles), Día de la Región de Murcia |
| Navarra | 19 de marzo (viernes), San José · 25 de marzo (jueves), Jueves Santo · 29 de marzo (lunes), Lunes de Pascua |
| País Vasco | 25 de marzo (jueves), Jueves Santo · 29 de marzo (lunes), Lunes de Pascua · 7 de octubre (jueves), aniversario del primer Gobierno de Euskadi |
| La Rioja | 25 de marzo (jueves), Jueves Santo · 29 de marzo (lunes), Lunes de Pascua · 9 de junio (miércoles), Día de La Rioja |
| Comunitat Valenciana | 19 de marzo (viernes), San José · 29 de marzo (lunes), Lunes de Pascua · 9 de octubre (sábado), Día de la Comunitat Valenciana |
| Ceuta | 25 de marzo (jueves), Jueves Santo · 17 de mayo (lunes), Eidul Adha, Fiesta del Sacrificio · 5 de agosto (jueves), Nuestra Señora de África |
| Melilla | 10 de marzo (miércoles), Eid Fitr · 25 de marzo (jueves), Jueves Santo · 17 de mayo (lunes), Aid Al Adha, Fiesta del Sacrificio |
Canarias suma a esa lista la fiesta de cada isla, según el decreto canario que recoge el BOE: el 2 de febrero en Tenerife (Virgen de la Candelaria), el 5 de agosto en La Palma (Nuestra Señora de las Nieves), el 8 de septiembre en Gran Canaria (Nuestra Señora del Pino), el 15 de septiembre en Lanzarote y La Graciosa (Nuestra Señora de los Volcanes), el 17 de septiembre en Fuerteventura (Nuestra Señora de la Peña), el 24 de septiembre en El Hierro (Nuestra Señora de los Reyes) y el 4 de octubre en La Gomera (Nuestra Señora de Guadalupe). El Día de Canarias, el 30 de mayo, cae en domingo y no figura en la lista oficial de 2027.
En el Valle de Arán, el Lunes de Pascua del 29 de marzo se cambia por la Fiesta de Arán, el jueves 17 de junio.
Las dos fiestas locales de tu municipio: dónde se publican
Son dos al año y no aparecen en la lista del BOE. Según el artículo 46 del Real Decreto 2001/1983, las fija la autoridad laboral a propuesta del Pleno de cada ayuntamiento y se publican en el boletín oficial de la comunidad autónoma y, en su caso, en el de la provincia. Para saber las tuyas, consulta ese boletín o tu ayuntamiento. Si todavía no se han publicado las de 2027, aparecerán ahí.
Puentes y fines de semana largos de 2027
La ley no habla de puentes. Un día de puente solo es libre si lo recoge tu convenio o el calendario laboral de tu empresa; si no, se trabaja o se pide como día de vacaciones o de asuntos propios, si tu convenio los tiene. Lo que sí deja el calendario de 2027 son varios fines de semana largos sin necesidad de puente.
En toda España:
- Año Nuevo: del viernes 1 al domingo 3 de enero.
- Semana Santa: del jueves 25 al domingo 28 de marzo donde es fiesta el Jueves Santo. En Cataluña y en la Comunitat Valenciana, del viernes 26 al lunes 29. En Illes Balears, Navarra, País Vasco y La Rioja, que tienen Jueves Santo y Lunes de Pascua, del jueves 25 al lunes 29.
- Todos los Santos: del sábado 30 de octubre al lunes 1 de noviembre.
- Diciembre: del sábado 4 al lunes 6. Como el miércoles 8 también es fiesta, con el martes 7 de puente salen cinco días seguidos.
- El 12 de octubre cae en martes: con el lunes 11 de puente, del sábado 9 al martes 12. En Extremadura ese lunes ya es festivo.
Según tu comunidad:
- Del sábado 27 de febrero al lunes 1 de marzo: Andalucía e Illes Balears.
- Del viernes 19 al domingo 21 de marzo: Galicia, Comunidad de Madrid, Región de Murcia, Navarra y Comunitat Valenciana.
- Del viernes 23 al domingo 25 de abril: Aragón y Castilla y León.
- Del sábado 15 al lunes 17 de mayo: Galicia, Ceuta y Melilla.
- Del sábado 29 al lunes 31 de mayo: Castilla-La Mancha, que además tiene fiesta el jueves 27.
- Del sábado 14 al lunes 16 de agosto: Andalucía, Aragón, Asturias, Canarias, Castilla y León y Comunidad de Madrid.
- En Canarias, por la fiesta de cada isla: del viernes 17 al domingo 19 de septiembre en Fuerteventura, del viernes 24 al domingo 26 de septiembre en El Hierro y del sábado 2 al lunes 4 de octubre en La Gomera.
- Del sábado 9 al martes 12 de octubre: Extremadura, sin necesidad de puente.
¿Qué pasa si un festivo cae en sábado o en mi día libre?
Depende de cómo trabajes. Si trabajas de lunes a viernes, el festivo que cae en sábado no se pasa a otro día, salvo que tu convenio lo diga o que por esa coincidencia acabes trabajando más horas de las pactadas al año. Si trabajas a turnos y tu día de descanso cambia, el festivo que cae en tu libranza sí tienen que dártelo otro día.
En 2027 esto afecta al 1 de mayo y al 25 de diciembre en toda España, al 11 de septiembre en Cataluña y al 9 de octubre en la Comunitat Valenciana, que caen en sábado.
Si trabajas de lunes a viernes. La ley solo obliga a pasar al lunes la fiesta que cae en domingo. Para la que cae en sábado no dice nada. El Supremo lo aplicó en 2017 (sentencia 113/2017, ECLI:ES:TS:2017:823) a una plantilla de lunes a viernes a la que le habían caído en sábado sus dos fiestas locales: «los festivos que coinciden en sábado no se disfrutan en otras fechas, pero tampoco se recuperan días laborables cuando concurre un festivo de lunes a viernes». Además, la sentencia comprobó que esa plantilla no pasaba de su jornada: «Y si bien no se rebasan los umbrales en cómputo anual, tampoco se rebasan los fijados en cómputo semanal de 37,50 horas». Por eso, si tu convenio fija la jornada en horas al año, merece la pena hacer la cuenta con el calendario de 2027 en la mano.
Si trabajas a turnos y el festivo cae en tu día libre. En 2022, el Pleno del Supremo (sentencia 570/2022, ECLI:ES:TS:2022:2806) reconoció a la plantilla a turnos de un contact center, sin días fijos de descanso, el derecho a disfrutar sus descansos semanales «sin que puedan solaparse con los festivos laborales, compensándose, en su caso, los supuestos que se produzcan de solapamiento». En marzo de 2026 lo repitió con una empresa gallega de transporte de viajeros (sentencia 265/2026, ECLI:ES:TS:2026:1191): si la empresa no permite que el festivo que coincide con el descanso «sea compensado con otro, está desconociendo la expuesta doctrina». Si tu cuadrante te pone la libranza el sábado 1 de mayo o el sábado 25 de diciembre, tienes base para pedir otro día.
Si te toca trabajar un festivo: otro día libre o un 75 % más
La empresa tiene que darte otro día de descanso en su lugar o pagarte esas horas con un recargo de al menos el 75 %. Lo dice el artículo 47 del Real Decreto 2001/1983: cuando no se pueda disfrutar el día de fiesta, la empresa tiene que abonar, además del salario de la semana, las horas trabajadas ese día «incrementadas en un 75 por 100, como mínimo, salvo descanso compensatorio».
Esto vale también en las empresas que abren todos los días del año. El Supremo lo dejó claro en 2020 con las de contact center, que trabajan también en festivo (sentencia 1132/2020, ECLI:ES:TS:2020:4408): «Cada una de las personas que en ellas prestan su actividad esos días deberán disfrutar de "descanso compensatorio" (es decir, de otro día que supla al festivo) o percibir el importe de las horas trabajadas con el incremento mínimo del 75% sobre el valor de la ordinaria».
En ese caso, la Audiencia Nacional había declarado ilegal la cláusula del convenio del sector que pagaba el festivo trabajado como hora extra, lo que en horario diurno dejaba el recargo en un 60 %. El Supremo lo confirmó: el convenio puede mejorar el mínimo, pero no rebajarlo.
El calendario laboral de tu empresa: quién lo hace y dónde se ve
Además del calendario oficial, tu empresa tiene que hacer cada año su propio calendario laboral y colgarlo a la vista. Lo exige el artículo 34.6 del Estatuto de los Trabajadores: «Anualmente se elaborará por la empresa el calendario laboral, debiendo exponerse un ejemplar del mismo en un lugar visible de cada centro de trabajo».
Antes de elaborarlo, la empresa tiene que consultar a la representación de los trabajadores. La disposición adicional tercera del Real Decreto 1561/1995 les reconoce el derecho a «ser consultados por el empresario y emitir informe con carácter previo a la elaboración del calendario laboral». Es el momento de revisar cómo quedan los festivos en sábado, los puentes y las horas del año antes de que el calendario sea definitivo.
Preguntas frecuentes sobre los festivos de 2027
¿Cuántos festivos hay en 2027? Doce en cada comunidad autónoma y en Ceuta y Melilla, más las dos fiestas locales de tu municipio: catorce en total, que es el máximo que permite la ley. Nueve son iguales en toda España. En Canarias son once en la lista oficial más la fiesta de cada isla.
¿Qué festivos hay en la Comunitat Valenciana en 2027? El 1 y el 6 de enero, el 19 de marzo (San José), el 26 de marzo (Viernes Santo), el 29 de marzo (Lunes de Pascua), el 1 de mayo, el 9 de octubre, el 12 de octubre, el 1 de noviembre, el 6 y el 8 de diciembre y el 25 de diciembre. Tres de ellos caen en sábado: el 1 de mayo, el 9 de octubre y el 25 de diciembre. A estas fechas se suman las dos fiestas locales de cada municipio.
¿El 24 y el 31 de diciembre son festivos? No. No están en la lista oficial de fiestas laborales. Solo son libres si lo dice tu convenio, un acuerdo de empresa o el calendario laboral de tu centro.
Si un festivo cae en domingo, ¿se pasa al lunes? La regla general es que sí: el Estatuto obliga a trasladar al lunes el descanso de las fiestas que coinciden con domingo. Pero cada comunidad puede sustituir ese lunes por una fiesta propia. En 2027, con el 15 de agosto en domingo, seis comunidades descansan el lunes 16, Extremadura el lunes 11 de octubre y las demás han puesto otra fiesta en su lugar.
¿Me pueden cambiar un festivo por otro día? El festivo de la lista oficial es para descansar. Si tienes que trabajarlo, te corresponde otro día de descanso o el pago con el recargo mínimo del 75 %. Y si trabajas a turnos con libranzas que cambian y te cae en tu día libre, tienen que darte otro día.
Si tu empresa no respeta un festivo o no te compensa el que trabajas, mira primero dos papeles: el calendario laboral que tiene que estar expuesto en tu centro y tu convenio, que es donde suelen estar las mejoras sobre el mínimo legal. Si aun así no se arregla, puedes acudir a la representación de los trabajadores, a la Inspección de Trabajo o al servicio de orientación jurídica gratuito de tu colegio de abogados.
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Sobre la autora
Inma Borja es divulgadora de derechos laborales y cofundadora de AlertaTrabajo.com, donde escribe y firma con su nombre. Ha formado parte del comité de empresa de su centro de trabajo y lleva años explicando a quien se lo pide qué dice exactamente la ley. Trabaja con las fuentes delante —BOE, jurisprudencia y boletines oficiales— porque el primer derecho es saber que lo tienes.