Derechos Laborales

34 actas de Inspección en un control de camiones en la AP-7

3 min lectura
Inma Borja

Se pararon 61 vehículos pesados en dos autovías catalanas y más de la mitad acabó con expediente laboral abierto.

Un dispositivo conjunto de los Mossos d'Esquadra y el Servei Català de Trànsit en la AP-7 y la A-2 inspeccionó 61 camiones y se saldó con más de 70 denuncias, de las cuales 34 fueron actas de la Inspección de Trabajo por incumplimientos de los tiempos de conducción y descanso. Otras 37 correspondieron a infracciones de transporte y tráfico, una a conducir bajo los efectos de las drogas y otra a exceso de velocidad. El operativo se enmarca en los controles periódicos sobre vehículos pesados en los dos principales ejes viarios de Cataluña.

Más de la mitad de los camiones parados llevaba la jornada mal

La proporción es el dato que sostiene la noticia. Sobre 61 camiones inspeccionados se levantaron 34 actas laborales: uno de cada dos vehículos detenidos circulaba con alguna irregularidad en los tiempos de conducción o de descanso de su conductor.

No se trata de un matiz burocrático. El tiempo de conducción y el descanso obligatorio no son materia de tráfico: son jornada laboral. Cada acta levantada apunta a una persona que ha estado más horas al volante de las que la norma permite, o que no ha disfrutado del descanso al que tiene derecho.

Nueve horas al volante, ampliables a diez dos veces por semana

El marco que se estaba comprobando en esos controles es el Reglamento (CE) 561/2006, sobre disposiciones sociales en el transporte por carretera, directamente aplicable en España. Su artículo 6 fija los límites con precisión:

El tiempo diario de conducción no será superior a nueve horas, ampliable a diez como máximo no más de dos veces durante la semana.

A eso se suman un techo semanal de 56 horas de conducción y un máximo acumulado de 90 horas en dos semanas consecutivas. El propio reglamento obliga además a registrar como «otro trabajo» los periodos que no son conducción pero sí actividad, un punto donde suelen concentrarse las irregularidades en el tacógrafo.

Lo que no se ha hecho público del operativo

La información disponible no precisa las fechas exactas del dispositivo, los tramos concretos de la AP-7 y la A-2 en los que se desplegó, ni el desglose de las 34 actas por tipo de infracción. Tampoco consta el importe de las sanciones propuestas ni cuántas empresas transportistas distintas resultaron afectadas, un dato que permitiría saber si las irregularidades se concentran en unas pocas compañías o están extendidas.

Las actas de infracción de la Inspección de Trabajo abren un procedimiento sancionador que no termina con el control en carretera: la empresa dispone de plazo para formular alegaciones antes de que la sanción se confirme. No hay información pública sobre si alguna de las 34 ha sido ya recurrida.

Puedes consultar el régimen de infracciones y sanciones en el orden social y la información de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.

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