Conflictos Laborales

Bomberos forestales de Madrid, contratados como conductores

6 min lectura
Inma Borja

Los profesionales que combaten el fuego en la región figuran en sus contratos como conductores de taxi o personal de mantenimiento de edificios, mientras la categoría de bombero forestal existe en el catálogo oficial desde 2011.

Los bomberos forestales del Cuerpo de Bomberos de la Comunidad de Madrid contratados directamente por la Administración —alrededor de sesenta profesionales— desempeñan tareas de extinción de incendios con contratos que los identifican con otras ocupaciones. Según los propios trabajadores, en unos figura la categoría de conductor de automóviles, taxis y furgonetas; en otro, la de mantenimiento de edificios; y los vigilantes forestales aparecen como personal de atención al usuario. El colectivo reclama que se les aplique la categoría 5932, la que el catálogo oficial de ocupaciones reserva desde 2011 a los bomberos forestales, junto con los complementos asociados al riesgo de su trabajo. El conflicto se arrastra desde 2023 y coincide con la peor emergencia por incendios del verano en la región.

Una categoría que existe en el catálogo desde hace quince años

El código 5932 no es una invención sindical. Corresponde a la Clasificación Nacional de Ocupaciones aprobada por el Real Decreto 1591/2010, en vigor desde el 1 de enero de 2011, que define a los bomberos forestales como quienes previenen, combaten y extinguen incendios de naturaleza forestal y auxilian en emergencias en áreas rurales y forestales. En 2011 se completó además el catálogo de cualificaciones profesionales con unidades de competencia específicas para ejecutar operaciones de extinción.

La distancia entre esa definición y lo que consta en un contrato de trabajo es el nudo del conflicto. La clasificación profesional determina el salario, los complementos, la formación exigible y hasta el reconocimiento de enfermedades profesionales. Encuadrar a un trabajador en una ocupación que no se corresponde con las funciones que realiza no es un tecnicismo administrativo: condiciona todo lo que cobra y todo lo que puede reclamar.

Lo que la ley estatal dice exactamente, y lo que deja abierto

En noviembre de 2024 entró en vigor la Ley 5/2024, básica de bomberos forestales, que por primera vez regula las funciones, derechos y obligaciones de este personal y lo reconoce como servicio esencial de interés social. Su propio preámbulo constata la anomalía de partida.

La figura de bombero forestal carece de un reconocimiento legal o reglamentario expreso e individualizado, salvo en el catálogo nacional de ocupaciones.

Conviene leer el articulado con precisión, porque ahí está el margen que separa a las dos partes. El artículo 5 encomienda a las administraciones competentes establecer las clasificaciones profesionales, teniendo en cuenta las competencias y la formación definidas para el puesto: fija el mandato, pero deja el desarrollo en manos de cada comunidad autónoma. Y el artículo 8, referido a los derechos específicos, señala que las administraciones "procurarán impulsar", en el marco del diálogo social, el reconocimiento de las condiciones de peligrosidad, esfuerzo físico, toxicidad, morbilidad, penosidad y riesgo psicofísico en la negociación de sus retribuciones.

Es decir: la norma estatal marca el camino y los conceptos que deben negociarse, pero su redacción no impone de forma automática ni la categoría ni los complementos. Esa es la rendija por la que discurre el desencuentro entre el colectivo, que considera que la ley obliga a reconocer su encuadramiento real, y una administración autonómica que conserva la competencia sobre la clasificación de su personal.

Sueldos parados desde 2010 y dos conflictos que no son el mismo

Al encuadramiento se suma la retribución. Según denuncia el colectivo, el salario de referencia ronda los 1.300 euros mensuales y no se ha movido desde 2010, apenas un centenar de euros por encima del salario mínimo de 2026. Sobre los complementos, los representantes de los trabajadores afirman que la oferta recibida fue de 132 euros por los seis pluses, en torno a un 6% de la retribución, frente al 15% que a su juicio correspondería por cada uno de ellos. Reclaman también un coeficiente reductor que permita adelantar la jubilación, como en otros cuerpos de emergencias, y un convenio que sustituya al vigente.

En la región conviven además dos conflictos distintos que suelen confundirse. Por un lado, el de estos aproximadamente sesenta profesionales con contrato directo con la Administración, abierto desde 2023. Por otro, el del personal contratado a través de la empresa pública que gestiona buena parte del operativo, en huelga desde julio de 2025 y con más de trescientos setenta días de paro acumulados. Son colectivos, empleadores y mesas de negociación diferentes.

Acusaciones cruzadas en plena emergencia

El choque se ha agravado con los incendios activos en Villa del Prado y San Martín de Valdeiglesias y con el frente procedente de la provincia de Ávila, que han obligado a desplazar a unas diez mil personas. Un grupo de bomberos forestales difundió un comunicado denunciando falta de vehículos y de órdenes para desplazarse a los fuegos desde la Dirección General de Emergencias, y anunció que acudiría por sus propios medios a colaborar. Sostienen que el 16 de julio solicitaron su activación por teléfono al centro de coordinación y por registro al director general, y que no recibieron una negativa, sino silencio.

La Comunidad de Madrid rechaza esa versión. En un comunicado, el Gobierno regional sostiene que la movilización de recursos en una emergencia debe realizarse exclusivamente a través de la cadena oficial de mando y desde los parques y retenes asignados, un procedimiento que defiende como imprescindible para la coordinación y la seguridad de las intervenciones. Considera que la actuación de este grupo —al que sitúa en unos sesenta profesionales dentro de un colectivo de alrededor de 2.100— responde a una estrategia de "chantaje" en plena emergencia de interés nacional, y ha anunciado que analizará todas las vías jurídicas y administrativas para depurar posibles responsabilidades.

Una mesa que sigue sin convocarse

Mientras el fuego avanza, el fondo laboral permanece intacto: ni la clasificación profesional, ni los complementos por riesgo, ni el coeficiente reductor de jubilación han entrado en una negociación formal. La ley estatal deja la clasificación en manos de la administración autonómica y remite los complementos al diálogo social, de modo que la salida del conflicto pasa necesariamente por una mesa que, tres años después de iniciarse la protesta, sigue sin reunirse. En los contratos, entretanto, quienes entran en las llamas continúan figurando como conductores.

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