¿Sufriste un accidente laboral y no tienes contrato? Esto es lo que debes saber

Derechos Laborales
martes, 1 de abril de 2025

En Alerta-Trabajo te lo explicamos claro, como debe ser, sin rodeos y pensando en ti. Porque aunque estés sin contrato, tienes derechos.

Imagínate esto: estás en tu puesto, te caes, te lesionas… y entonces te das cuenta de que no tienes contrato.

O peor aún, el jefe te tenía “a prueba”, “en negro” o “ya te haré el papeleo”.

¿Y ahora, qué pasa?

Aquí te lo explicamos paso a paso, porque aunque no lo sepan (o no quieran decírtelo), tienes derechos.

Y más importante aún: tienes opciones para defenderte.


1. Lo primero: aunque no tengas contrato, sigues teniendo derechos


Sí, aunque estés trabajando en negro, la ley te protege.

El Estatuto de los Trabajadores considera que si hay una relación laboral (tú trabajas, ellos mandan y pagan), existe contrato, aunque no esté por escrito.

Así que si te lesionas mientras trabajas, se considera accidente laboral.


2. ¿Quién paga la baja o la asistencia médica?


Si no estás dado de alta en la Seguridad Social, es la empresa la que debe asumir todos los gastos.

Y además, puede enfrentarse a multas, sanciones y hasta responsabilidad penal.

Tú, por tu parte, puedes acceder a la asistencia sanitaria por la vía de urgencias, y luego iniciar un proceso para que te reconozcan el accidente y te indemnicen.


3. ¿Qué puedes hacer si te pasa?


Acude al médico de inmediato. Si es posible, pide que conste que fue un accidente laboral.

Reúne pruebas: mensajes, fotos, testigos, horarios… cualquier cosa que demuestre que estabas trabajando para esa empresa.

Denuncia. Puedes acudir a la Inspección de Trabajo o al juzgado de lo social.

Si tienes dudas, consulta con un abogado laboralista.


4. ¿Y si el empresario lo niega todo?


Que no te asuste. La carga de la prueba no es solo tuya.

Si puedes demostrar mínimamente que trabajabas allí, es la empresa la que deberá justificar por qué no estabas dado de alta.

Y si hay testigos, registros, fotos o hasta publicaciones en redes sociales… mejor aún.

Todo cuenta.


5. ¿Qué sanciones puede tener la empresa?


  • Multas de entre 3.750 € y más de 12.000 € por cada trabajador sin contrato.
  • Obligación de pagar tu baja, tu tratamiento y tu cotización atrasada.
  • En casos graves, puede haber responsabilidad penal.

Conclusión: no estás solo, aunque ellos te quieran invisible


Trabajar sin contrato no te convierte en culpable. Te convierte en víctima.

Y si encima te lesionas, mereces aún más protección, no menos.

Desde Alerta-Trabajo te decimos: no te calles. Denuncia. Exige. Infórmate.

Porque si ellos juegan sucio, tú tienes algo más fuerte: la ley.

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