Legislación

El BOE fija por fin cómo sumar lo cotizado en España y Filipinas

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Inma Borja

El Boletín Oficial del Estado publica hoy el Acuerdo administrativo para la aplicación del Convenio de Seguridad Social entre España y Filipinas, firmado en Madrid el 11 de septiembre de 2026 y en vigor desde esa misma fecha. El texto designa los organismos de enlace de los dos países, ordena la creación de los formularios y fija cómo se tramita una solicitud de pensión presentada a un lado de la frontera con años cotizados al otro. El derecho a sumar esos periodos existía desde 2012; lo que faltaba, y llega ahora, es la maquinaria para ejercerlo.

Un convenio de 2002 que llevaba catorce años esperando su desarrollo

El Convenio de Seguridad Social entre el Reino de España y la República de Filipinas se firmó en Manila el 12 de noviembre de 2002, se publicó en el BOE en julio de 2012 y entró en vigor el 1 de agosto de ese mismo año. Vino a derogar y sustituir un convenio anterior entre los dos países, firmado en 1988, respetando los derechos ya adquiridos bajo aquel.

Sobre esas fechas, el cálculo es sencillo y bastante elocuente: veinticuatro años desde la firma del convenio hasta que hay un acuerdo que explique cómo aplicarlo, y catorce desde que está en vigor.

Qué prestaciones entran y cuáles se quedan fuera

Esta es la parte que conviene leer despacio antes de ir a ningún sitio a pedir nada. El artículo 2 del Convenio acota el campo de aplicación material, y lo hace por separado para cada país.

Por parte española, quedan cubiertas la incapacidad temporal por enfermedad común y accidente no laboral, la maternidad, el riesgo durante el embarazo, la jubilación, la incapacidad permanente, la muerte y supervivencia —viudedad y orfandad— y los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.

Por parte filipina, la cobertura alcanza maternidad, enfermedad, jubilación, invalidez, muerte y supervivencia, y accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, a través del sistema del sector privado y del de los empleados públicos.

Fuera quedan dos cosas que mucha gente da por supuestas: las prestaciones por desempleo y la asistencia sanitaria. El convenio no las contempla, de modo que el paro español no se puede reclamar con periodos cotizados en Filipinas, ni al revés.

Cómo funciona la totalización del artículo 8

El mecanismo central del convenio es la totalización: cuando por sí solo lo cotizado en un país no llega para acceder a una prestación, se suma lo cotizado en el otro para alcanzar el periodo mínimo exigido.

«Los períodos de seguro cumplidos en ambas Partes serán totalizados siempre que no se superpongan».

La coletilla final no es un detalle menor: los periodos que se solapen en el tiempo no se cuentan dos veces, y el convenio fija reglas de prelación para esos casos, con prioridad del seguro obligatorio sobre el voluntario. Cada país sigue calculando y pagando su parte con sus propias normas; lo que se comparte es el recuento de años para abrir la puerta.

Quién tramita: el INSS, la Tesorería y el SSS filipino

El acuerdo publicado hoy designa como organismos de enlace, por España, al Instituto Nacional de la Seguridad Social, al Instituto Social de la Marina y a la Tesorería General de la Seguridad Social; por Filipinas, al Social Security System (SSS) para el sector privado y al Government Service Insurance System (GSIS) para el público.

La regla práctica es la que más interesa: la solicitud se presenta ante la institución del lugar donde se reside, y son los organismos los que se intercambian entre sí los periodos acreditados y la resolución adoptada. No hay que viajar ni tramitar por duplicado. El acuerdo encarga además a esos organismos elaborar conjuntamente los formularios, incluye el certificado de desplazamiento para quien es trasladado temporalmente por su empresa —con obligación de comunicar de inmediato si la relación laboral termina antes de lo previsto— y dedica su artículo 12 a la protección de los datos que se intercambien, limitándolos a lo imprescindible y prohibiendo cederlos a terceros.

En España, la comunidad filipina trabaja de forma muy mayoritaria en el empleo de hogar, los cuidados y la hostelería: sectores de carreras cotizadas largas, discontinuas y repartidas entre dos países. Para quien esté en esa situación, saber que los años de allá cuentan para la pensión de acá no es un tecnicismo, es la diferencia entre llegar al mínimo o no llegar.

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Sobre la autora

Inma Borja es divulgadora de derechos laborales y cofundadora de AlertaTrabajo.com, donde escribe y firma con su nombre. Ha formado parte del comité de empresa de su centro de trabajo y lleva años explicando a quien se lo pide qué dice exactamente la ley. Trabaja con las fuentes delante —BOE, jurisprudencia y boletines oficiales— porque el primer derecho es saber que lo tienes.

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