Empleo y Salarios

El Gobierno fija el SMI 2026 en 1.221€ con atrasos desde enero

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Redacción

El Consejo de Ministros aprobó este 17 de febrero el nuevo salario mínimo, pendiente aún de publicación en el BOE; las empresas no están obligadas a regularizar nóminas hasta que salga la norma.

El Consejo de Ministros aprobó este lunes 17 de febrero el Real Decreto que fija el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) de 2026 en 1.221 euros brutos mensuales en 14 pagas, 37 euros más que en 2025 y un incremento del 3,1%. La medida tiene efectos retroactivos desde el 1 de enero de 2026, pero la obligación real para las empresas de actualizar nóminas y cotizaciones no arranca hasta que el decreto se publique en el Boletín Oficial del Estado, lo que según el Ministerio de Trabajo ocurrirá en los próximos días. El acuerdo lo firmaron CCOO y UGT junto al Ejecutivo; la CEOE y CEPYME se quedaron fuera por sexto año consecutivo.

  • La cuantía anual resultante es de 17.094 euros brutos, 518 euros más que en 2025. Para trabajo a jornada completa equivale a 40,70 euros brutos diarios.
  • El Ministerio de Trabajo confirmó que la norma anti-absorción de pluses —el otro gran punto del acuerdo— se tramitará en un Real Decreto separado, vinculado a la transposición de la directiva europea de salarios mínimos, sin fecha cerrada de publicación.
  • El nuevo SMI quedará exento de tributación en el IRPF, según el compromiso anunciado por el Gobierno junto a la aprobación del decreto.

El Consejo de Ministros cierra en 1.221€ lo que los sindicatos pedían a 1.273€

CCOO y UGT entraron a la mesa reclamando una subida del 7,5%, lo que habría situado el SMI en torno a 1.273 euros. El acuerdo final se cerró en 1.221 euros, un 3,1% de incremento, en línea con la recomendación de la Comisión Asesora para la actualización del SMI. La patronal rechazó sumarse al pacto y ya ha adelantado su intención de recurrir ante los tribunales la futura reforma de las reglas de absorción y compensación, que impediría a las empresas neutralizar la subida recortando pluses y complementos salariales.

El secretario de Estado de Trabajo, Joaquín Pérez Rey, subrayó que la reforma de esas reglas tiene "fundamentos jurídicos sólidos" para tramitarse por decreto sin necesidad de pasar por el Congreso, aprovechando la incorporación al ordenamiento español de la normativa comunitaria.

Tres colectivos con cuantías específicas que el decreto distingue del régimen general

La norma no aplica un único importe para todos. Las personas trabajadoras eventuales y temporeras tienen fijado su mínimo en 57,82 euros por jornada legal. Las empleadas de hogar que prestan servicios por horas —un colectivo con especial peso de mujeres— no podrán cobrar menos de 9,55 euros por hora trabajada, importe que ya incluye la parte proporcional de pagas extraordinarias y vacaciones. Para el resto, la referencia es el mencionado 1.221 euros mensuales en 14 pagas o 1.424,50 euros en 12 mensualidades.

Lo que aún no tiene fecha ni texto publicado

Hay dos incógnitas con peso directo sobre el bolsillo de quienes cobran el SMI. La primera: la fecha exacta de publicación en el BOE, sin la cual no existe obligación jurídica para las empresas de regularizar nóminas ni cotizaciones. El Ministerio habla de "próximos días" sin concretar. La segunda: el texto completo del decreto anti-absorción no se ha publicado ni sometido aún a audiencia pública. Sin ese decreto —que irá en una norma distinta—, las empresas conservan la posibilidad legal de reducir pluses para compensar la subida del salario base, vaciando de efecto real el incremento para una parte significativa de los afectados.

Cronología: de la caída del decreto ley al acuerdo de febrero

Fecha Hito Estado
Enero 2026 Decreto ley de escudo social rechazado en el Congreso (PP, Vox, Junts); el SMI 2025 quedó prorrogado provisionalmente Caído
29 enero 2026 Acuerdo en Mesa de Diálogo Social entre Gobierno, CCOO y UGT para el 3,1% Firmado
2–10 febrero 2026 Audiencia pública del borrador del Real Decreto Completada
16 febrero 2026 Firma del acuerdo con CCOO y UGT previo al Consejo de Ministros Firmado
17 febrero 2026 Aprobación del Real Decreto en Consejo de Ministros Aprobado
Próximos días Publicación en BOE y entrada en vigor con retroactividad desde el 1 de enero de 2026 Pendiente

Sindicatos respaldan; patronal avisa de recurso judicial

CCOO y UGT firmaron el acuerdo el 16 de febrero y calificaron la subida de paso necesario en la senda de dignificación salarial, aunque reconocieron que la cifra queda muy por debajo de su propuesta inicial. Desde UGT recordaron que la obligación de actualizar las nóminas es inmediata para todas las empresas en cuanto se publique el BOE, incluidas las que operan bajo convenios colectivos con tablas salariales inferiores al nuevo SMI.

La CEOE y CEPYME, fuera de la mesa por sexta vez consecutiva, ya han anunciado su intención de impugnar ante los tribunales la futura norma anti-absorción, argumentando que limita la autonomía de la negociación colectiva. No hay pronunciamiento público de las patronales sobre el Real Decreto del SMI en sí, cuya legalidad no han cuestionado de forma expresa según la información pública disponible.

BOE, nóminas y el decreto de pluses: los tres plazos que quedan por cerrar

Una vez publicado el Real Decreto en el BOE —previsiblemente en los primeros días de la semana del 18 de febrero—, las empresas deberán abonar los atrasos de enero y la diferencia de febrero en la siguiente nómina. Las cotizaciones a la Seguridad Social también deberán recalcularse desde el 1 de enero.

El segundo plazo, sin fecha confirmada, es la tramitación del Real Decreto de transposición de la directiva europea de salarios mínimos, que incluirá la reforma de las reglas de absorción y compensación. Hasta que esa norma entre en vigor, las empresas pueden seguir aplicando legalmente la compensación de pluses. El Ministerio de Trabajo no ha dado una fecha estimada de publicación para ese segundo decreto.


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